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Diputados fuera de la ley
Los abogados invocan a menudo el refrán jurídico de que en derecho no basta con tener la razón, sino que también hay que demostrarlo y lograr que se lo reconozcan. Por eso es que el cumplimiento de las sentencias y resoluciones judiciales no se deja a la voluntad de las partes sino que se impone de manera coercitiva.
Tal es el caso de la resolución de la Corte Centroamericana de Justicia (CCJ) que ordena a la Asamblea Nacional de Nicaragua suspender el procedimiento para la aprobación de las reformas constitucionales en segunda legislatura, porque “se trata de un conflicto entre poderes de un Estado miembro del Sistema de Integración Centroamericana (SICA), así como la posible violación de normas comunitarias, asuntos cuyo conocimiento caen bajo la competencia de esta Corte”.
Esta resolución de la CCJ es correcta y necesaria. En realidad, los diputados de Daniel Ortega y Arnoldo Alemán se está extralimitando en sus facultades legislativas, abusan de su poder, atropellan la Constitución Política de la República y desconocen la voluntad popular que se manifestó en las elecciones nacionales del año 2001, al imponer a matacaballo una reforma constitucional que equivale a un golpe de Estado técnico y legal, porque sin tener potestad de Poder Constituyente quieren cambiar el sistema de gobierno del país.
Además, estos diputados ni siquiera aceptan la demanda ciudadana de convocar a un referendo para que la población pueda confirmar o rechazar democráticamente dichas reformas constitucionales, a pesar de que el referendo está previsto en el artículo 2 de la misma Constitución para casos de gran trascendencia como éste .
Ahora bien, como era de esperarse, los diputados de Daniel Ortega y Arnoldo Alemán rechazan la resolución de la Corte Centroamericana de Justicia y, por lo tanto, desacatan su autoridad que tiene la misma legalidad que los tribunales domésticos, alegando que la CCJ no tiene competencia para resolver asuntos internos de Nicaragua y que sus decisiones no son vinculantes, o sea de cumplimiento obligatorio. Y los magistrados de la Corte Suprema de Justicia de Ortega y Alemán, haciendo coro con sus camaradas y correligionarios diputados, descalifican al tribunal centroamericano porque dicen que debió haber esperado a que ellos —los magistrados nicaragüenses— fallaran sobre el mismo asunto que fue sometido oficialmente a su conocimiento por el Presidente de la República.
Pero lo cierto es que la Corte Centroamericana de Justicia tiene competencia para resolver sobre esta materia y su resolución es de cumplimiento obligatorio por las autoridades de Nicaragua, en este caso la Asamblea Nacional. Así lo establece el artículo tercero del Estatuto de la CCJ, que dice textualmente: “La Corte tendrá competencia y jurisdicción propias, con potestad para juzgar a petición de parte y resolver con autoridad de cosa juzgada, y su doctrina tendrá efectos vinculantes para todos los Estados, Órganos y organizaciones que formen parte del ‘Sistema de la Integración Centroamericana’ y para sujetos de derecho privado”.
Por otro lado, el inciso f) del artículo 22 del Estatuto de la CCJ consagra como una de sus competencias fundamentales la de: “Conocer y resolver a solicitud del agraviado de conflictos que puedan surgir entre los Poderes u Órganos fundamentales de los Estados, y cuando de hecho no se respeten los fallos judiciales”. En lo único que la CCJ no tiene competencia según el inciso a) del mismo artículo 22 del Estatuto, es en “las controversias fronterizas, territoriales y marítimas, para cuyo conocimiento se requiere la solicitud de todas las partes concernidas”. Y además, ninguna parte de dicho Estatuto dice que la CCJ sólo puede conocer los casos en litigio hasta que los tribunales domésticos los hubieran fallado, como pretenden hacer creer los magistrados sandinistas y arnoldistas.
De manera que los diputados están obligados a acatar la resolución de la Corte Centroamericana de Justicia y deben abstenerse de ratificar la reforma constitucional golpista, mientras aquélla no falle sobre el fondo del recurso que interpuso el Presidente de la República. Si los diputados desacatan esa resolución judicial se pondrían fuera de la ley, con todas las consecuencias que esto podría acarrear, particularmente para ellos mismos.