El Minsa en la retaguardia

Abraham Rossman Castilla

Debería escribir con más frecuencia sobre un tema tan frustrante en Nicaragua como es el de la salud. Tal vez no lo hago por la impotencia y el desconcierto que me causa el “yoquepierdismo” y ausencia de liderazgo de las agrupaciones científicas o gremiales de la medicina y la insensibilidad y poca capacidad de los que dirigen la administración sanitaria en Nicaragua.

En el reciente Congreso Médico Nacional, la Asociación Médica Nicaragüense me escogió dentro de los cuatro panelistas de lo que llamó la Mesa Redonda sobre el Médico Nicaragüense ante la Política y el Plan Nacional de Salud 2004-2015, política y plan presentados por el Minsa en mayo y septiembre de este año. Hay que reconocer que los que lo formularon por parte del Minsa consultaron a una gran cantidad de actores. Desafortunadamente, buen número de ellos no tienen ni los conocimientos ni la experiencia para que sus aportes se traduzcan en genuinas apreciaciones de la realidad nacional, que les permita materializar estrategias prácticas de cumplimiento en un ministerio lleno de improvisaciones.

La salud de la población nicaragüense es un componente esencial y complejo que exige y debe ser compromiso ético de los médicos y otro personal íntimamente vinculado al Sector Salud. Éstos tienen la obligación de reclamar su condición de actores principales en la elaboración de las políticas y planes de salud. No sucedió así. De las 2,500 personas que según sus autores participaron, la Asociación Médica Nicaragüense apenas estuvo representada por su presidente. Sólo tres organizaciones de especialistas aparecen mencionadas: Asociación de Psiquiatría, Sociedad de Ginecología y la de Pediatría, con un delegado por cada una de ellas. En total, tres.

La Asociación Nicaragüense de los Profesionales de la Salud Pública, legalmente reconocida, no aparece tomada en cuenta en el documento. En resumen, sólo cuatro representantes del gremio médico nacional organizado. Sin embargo, Fetsalud aparece con veinte representantes. Hay que reconocer su liderazgo que exige con acierto el espacio que le corresponde en un evento de esa naturaleza. Ejemplo digno de ser imitado por los otros grupos organizados independientes del sector.

Por otro lado, nuestra timidez o improvisación se manifestó en la mesa redonda antes mencionada. En un tema de gran contenido social sólo se nos permitió a cada uno de los cuatro panelistas diez minutos para exponer y 20 minutos para preguntas y respuestas. Total, una hora. La Asociación Médica Nicaragüense debió haber aprovechado el evento donde había una concurrencia de por lo menos trescientos médicos para desarrollar una actividad más amplia, más participativa, con presentaciones magistrales, grupos de trabajo y sesión plenaria productiva

Desde otra perspectiva, encontramos que para que sea efectivo el cumplimiento de recomendaciones propuestas en el plan es imprescindible que haya coherencia entre las mismas con el soporte jurídico. Existe un concepto aceptado por todos los expertos para que cambie el Sistema, como se expresa en el documento.

Es necesario convertir al Minsa en un ente rector de la salud exclusivamente y una vez definido ese rol cambiar su estructura orgánica. El Decreto 35, que creó el Sistema Nacional Único de Salud, tenía un fuerte componente centralista y hegemónico de la salud, que hacía del Minsa Central un organismo administrador de todos las acciones de la salud.

Esa misma filosofía estamos repitiéndola de nuevo con la Ley 243 —Ley General de Salud— del 14 de marzo del 2002, que textualmente expresa en el Título II, Capítulo I, artículo 39, al referirse a las funciones del Minsa: “Administrar todos los establecimientos de salud de propiedad pública del territorio nacional”. Tanto el Decreto 35 como la Ley 243 son la negación de una función estrictamente rectora, así como el otro componente fuerte de la modernización que es la descentralización, se contradicen al leer el Capítulo IV de la misma Ley —Regiones Autónomas del Atlántico— y la Ley 40 sobre los municipios y sus responsabilidades.

Como puede observarse hay que cambiar la actual Ley General de Salud en lo concerniente al enunciado del artículo 39 arriba mencionado, si queremos liberar la administración sanitaria de las garras del nivel central.

Una vez reestructurado el Minsa Central para cumplir con su función de rectoría, las asociaciones de profesionales de la salud deben exigir que el personal que van a ocupar los puestos claves sea escogido por su capacidad, es decir, por concurso de competencia, como lo contempla la Ley de Servicio Civil y Carrera Administrativa.

El autor es médico y experto en Administraciónen Salud y Seguridad Social

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