Sobre los temblores y la ley de urbanismo

Harvey Jiménez Montalván*

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Sobre los temblores y la ley de urbanismo


Harvey Jiménez Montalván*




A raíz de la amarga experiencia que vivimos los managuas con el terremoto del año de 1972, el Gobierno de turno comenzó a tomar acciones enfocadas a la reconstrucción nacional con la aplicación de normas y reglamentos, cuyo el objetivo principal era mejorar la calidad de las construcciones en el país.

Han transcurrido muchos años y aún nos sentimos vulnerables ante este fenómeno natural, teniendo en consideración el alto riesgo sísmico de Centroamérica.

Al pasar de los años se han realizado esfuerzos de diferentes gobiernos tomando las medidas teóricas correctivas ante los distintos eventos de esta naturaleza.

En 1983 se creó el Reglamento Nacional de la Construcción, con el cual se establecieron las normas, requerimientos y parámetros de diseño con el fin de que las construcciones nuevas y de rehabilitación permitieran disminuir los efectos devastadores que producen estos siniestros de carácter natural.

Se puede afirmar que la construcción de edificios y viviendas en Managua se ha venido regulando, considerando el marco legal e institucional de los ministerios responsables de dichas acciones, los cuales ejecutan las normas establecidas para poder construir.

Sin embargo, la construcción espontánea de asentamientos y comercio informal ha generado una enorme cantidad de infraestructura mucho más vulnerable que la de los años setenta, no tanto en lo físico como en la posibilidad de pérdidas humanas, teniendo en consideración el aumento poblacional de la capital, el cual crece cada año de una forma vertiginosa.

Las construcciones indebidas son producto de la misma situación nacional, efecto del desempleo y carencia de políticas habitacionales en beneficios de los más desposeídos.

En pocas palabras, la gente construye a como puede, por la misma escasez de recursos financieros y de la falta de concienciación ante los riesgos sísmicos.

Si bien es cierto que existe un creciente aumento de urbanizaciones que sí responden a reglamentos y diseños legalmente constituidos, también los es el hecho que la inmensa población de Managua no tiene acceso a dichos proyectos.

Es por ello que surge la necesidad inmediata de establecer mecanismos de control tanto de la calidad de materiales, como de la calidad de obras, lo que a corto plazo vendría a disminuir los riesgos y consecuencias de los temblores en nuestro país.

Dada la urgente necesidad de tomar acciones al respecto, debería dársele prioridad a la creación de la Ley de Urbanismo, cuyo proyecto se encuentra engavetado en la Asamblea Nacional desde enero de este año ( 2004).

Espero que se le dé prioridad a esta ley en beneficio de los nicaragüenses que vivimos expuestos a los temblores en nuestra querida Nicaragua.

* El autor es Ingeniero Civil/ Supervisor de Proyectos CZF

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