Moisés Martínez
Lo institucional y lo administrativo quedó a un lado, por lo que el duelo final estará en los escenarios judiciales.
La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia tendrá la última palabra en la disputa entre el ente regulador de las telecomunicaciones y la Empresa Nicaragüense de Telecomunicaciones (Enitel), por el cobro del bloqueo telefónico.
“Lo único que pedimos es que la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia se pronuncie lo más pronto posible sobre este caso, que tiene una significación directa para los usuarios nicaragüenses, por eso les pedimos que le den atención especial y lo resuelvan pronto”, dijo Joel Gutiérrez, director de Telcor.
El fallo de la Sala Dos del Tribunal de Apelaciones deja sin efecto tanto la resolución de Telcor en la que se manda a Enitel a suspender el cobro mensual por el servicio de bloqueo telefónico, así como la multa de 800,000 córdobas que el ente regulador estableció para la compañía telefónica por no cumplir la resolución mencionada anteriormente.
Enitel interpuso el recurso de amparo como un último recurso para enfrentar estas decisiones de Telcor, ya que los asesores legales de la compañía telefónica consideran que no se puede establecer un cobro fijo por bloquear una serie de servicios agregados ofrecidos por la empresa.
PERJUICIO ECONÓMICO
De acuerdo a los funcionarios de Enitel, cuando los usuarios solicitan el servicio de bloqueo telefónico, ya sea para marcar a números celulares o para discado internacional, la empresa es perjudicada económicamente, lo cual intentan paliar a través del cobro mensual por el servicio de bloqueo.
Sin embargo, de acuerdo a estimaciones de Telcor, Enitel percibe unos tres millones de dólares al año por el cobro en las facturas del servicio de bloqueo telefónico.
“Ellos han alegado que la resolución de Telcor les ocasiona un perjuicio económico. Eso es obvio, pero tampoco es un gasto mensual administrativo como lo ponen ellos.
Ellos programan una vez el bloqueo en la computadora y ésta pone en el sistema que tal número no tiene acceso a llamadas nacionales e internacionales. No es cierto que esté justificado que tengan que hacer este cobro porque representa un costo mensual administrativo”, añadió por su parte Gutiérrez.
La resolución de Telcor estableció un cobro único de 40 córdobas por establecer un bloqueo telefónico, monto que de acuerdo a Enitel no solventa las pérdidas que tienen por el no uso de estos servicios.
“No se puede estar cobrando mensualmente. Es como que yo tenga que pagar en un restaurante para que no me den papas fritas, si no las quiero”, concluyó Gutiérrez.