- Juicio llegó a la vía penal, porque desacató las recomendaciones del Marena
Auxiliadora Martínez/Corresponsal
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Condenan a quesero por contaminar río
| Juicio llegó a la vía penal, porque desacató las recomendaciones del Marena |
Auxiliadora Martínez/Corresponsal
BOACO.- El Juez de Distrito Penal de Juicio, William Howard López, condenó a dos años de prisión al dueño de la quesera Mi Esperanza, Luis Anselmo Vásquez Guerrero, por el delito de desacato a la autoridad en perjuicio del Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales (Marena).
La fiscal Ana Patricia Izquierdo presentó acusación en mayo pasado, en contra del propietario de Industria Láctea Artesanal, ubicada en la comunidad Las Cañas, a seis kilómetros del casco urbano de Boaco.
La acusación refiere que en noviembre del 2000, en una inspección realizada por el Marena, se comprobó la contaminación de una parte del río Las Cañas, producto del lavado de pichingas, lo que dio inicio a un procedimiento administrativo en contra del procesado.
El delegado departamental del Marena, Luis Manuel Medina, destacó que en la historia de Boaco, es el primer caso de este tipo que se ha llevado a la vía penal.
Añadió que desde el 2000, se le viene dando seguimiento a la quesera Mi Esperanza, por la contaminación de la quebrada que pasa por la propiedad y que desemboca en el río Las Cañas.
Señala que el sistema de tratamiento que tenía esta mini-industria láctea, prácticamente colapsó, lo que ocasionó que los vertidos del lavado de pichingas cayeran directamente en la fuente de agua, al igual que los desechos orgánicos de la porqueriza, ubicada en la misma propiedad.
Ante esta situación, el Marena estableció coordinaciones con el Ministerio de Salud y con la Policía, las que emitieron varias resoluciones administrativas y llamados de atención, desde el año 2000.
Pero ante el incumplimiento de las recomendaciones, en el 2003 se decidió el cierre temporal, hasta que construyera un sistema de tratamiento, pero el señor Vásquez hizo caso omiso, por lo que el caso pasó a la vía penal.
Al procesado se le concedió el beneficio de la condena condicional, es decir que deberá presentarse cada 15 días a la instancia judicial y cumplir con un plan gradual de descontaminación, el que deberá aprobar el Marena, quien le dará seguimiento al cumplimiento de la resolución judicial