Recurren contra Consejo Supremo Electoral

Consuelo Sandoval Roman, Times, serif»> Recurren contra Consejo Supremo Electoral Consuelo Sandoval Un ciudadano nicaragüense radicado en Miami, Florida, recurrió de amparo por omisión contra los magistrados del Consejo Supremo Electoral (CSE), y el director de Cedulación, Dionisio Palacios, porque no le han extendido su cédula de identidad, pese a que han transcurrido más de […]

Consuelo Sandoval

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Recurren contra Consejo Supremo Electoral


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Un ciudadano nicaragüense radicado en Miami, Florida, recurrió de amparo por omisión contra los magistrados del Consejo Supremo Electoral (CSE), y el director de Cedulación, Dionisio Palacios, porque no le han extendido su cédula de identidad, pese a que han transcurrido más de once años desde que entró en vigor la Ley de Identidad Ciudadana.

El abogado Sergio Danilo Buitrago, apoderado especial del joven Oscar Tadeo Fonseca Martínez, representado por su padre Oscar David Fonseca Monterrey, interpuso el recurso de amparo en la Sala Primero de lo Civil del Tribunal de Apelaciones, invocando el artículo 2 de la Ley de Identificación Ciudadana que cita que “los nicaragüenses mayores de dieciséis años residentes en el extranjero que no hayan obtenido su cédula de identidad ciudadana, podrán solicitarla en cualquier tiempo ante el Cónsul General de la jurisdicción correspondiente, conforme lo establecido en esta ley”.

Buitrago recordó en su escrito que el 5 de febrero del año en curso, recurrió al cónsul de Miami, José Velásquez, quien habría compartido y reconocido “el derecho de (los ciudadanos) a solicitar y obtener la cédula, y que lamentaba mucho no poder atenderle ya que no disponía de los formularios requeridos para tramitar dicha solicitud”.

“A esta fecha han pasado más de once años y el CSE sigue negándose a elaborar los formularios que es necesario para que cada nicaragüense en el extranjero pueda obtener su cédula de identidad. Esta omisión no solamente atenta contra la misma ley que administra el CSE, sino que atenta contra la personalidad jurídica de cada uno de los nicaragüenses que viven en el exterior”, destaca el escrito.

Advierte que sin tener su cédula de identidad, los ciudadanos radicados en el exterior no pueden realizar actos propios tales como contratar, abrir cuentas bancarias, adquirir bienes o servicios, casarse, reconocer hijos, comparecer ante los Tribunales o Autoridad administrativa, entre otros.

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