El Procurador de Derechos Humanos

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El Procurador de Derechos Humanos





La Asamblea Nacional debe escoger dentro de pocos días al nuevo Procurador —y al Subprocurador— para la Defensa de los Derechos Humanos. Ésta será apenas la segunda vez que la Asamblea elegirá a tales funcionarios, ya que esta institución fue establecida constitucionalmente en 1995 y su ley creadora se promulgó en enero de 1996.

Los actuales Procurador y Subprocurador para la Defensa de los Derechos Humanos fueron escogidos por la Asamblea Nacional hasta en 1999, como consecuencia del pacto que hicieron el PLC y el FSLN, o lo que es lo mismo, Arnoldo Alemán y Daniel Ortega, para repartirse las instituciones estatales. Y así fue que el Procurador le correspondió al PLC mientras que el Subprocurador fue para el FSLN.

Según el artículo 10 de la mencionada Ley 212, el Procurador y el Subprocurador para la Defensa de los Derechos Humanos deben ser personas “de reconocida solvencia moral y profesional, no poseer antecedentes penales ni haber estado involucrados en acciones violatorias a los derechos humanos”; y además, deben tener “reconocida trayectoria y vocación en la defensa y promoción de los Derechos Humanos y amplios conocimientos en la materia”.

Ahora bien, a la luz de esas condiciones que exigen la ley y los principios universales de transparencia, cabe preguntarse si los candidatos que hay ahora para encabezar esa institución reúnen o no las cualidades requeridas.

En realidad, la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos —o Defensoría del Pueblo y del Ciudadano, u Ombudsman, como se le conoce en otros países democráticos en los que existe esta institución—, está concebida como un instrumento para fortalecer la democracia y mejorar la transparencia y eficiencia de la gestión pública y gubernamental; así como también debe ser una herramienta de cambio educativo y cultural, y por lo tanto a su cabeza hay que colocar a personas de reconocido prestigio y solvencia moral, que no dependan de los partidos políticos sino que más bien su conducta y actividades estén por encima de las tendencias partidarias, de los poderes del Estado, de las influencias sectarias y de los intereses empresariales privados.

¿Reúnen los candidatos actuales a encabezar la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos esos méritos que según la Ley 212 son indispensables? ¿O de nuevo la Asamblea Nacional los escogerá según los “principios” de la repartición bipartidista que acordaron Arnoldo Alemán y Daniel Ortega en el pacto de 1999?

Al respecto hay que señalar que uno de los principales candidatos a Procurador de Derechos Humanos ha sido cuestionado públicamente porque en el caso del aborto de Rosita —la menor de edad nicaragüense que fue violada y embarazada en Costa Rica, y después sometida a un aborto clandestino en Nicaragua—, en su carácter de Procurador Especial de la Niñez y la Adolescencia avaló esa acción contra el primero de todos los derechos humanos, que es el del derecho a la vida desde el momento de la concepción; siendo que su obligación era velar por los derechos humanos de Rosita, ciertamente, pero también y ante todo por el derecho a nacer de la criatura que latía vitalmente en el vientre de la menor, y nunca propiciar ni avalar el aborto.

Por otro lado, el candidato liberal a Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos es un defensor reconocido de Arnoldo Alemán, o sea de alguien que aprovechándose del poder político que le confió la mayoría de los ciudadanos violó masivamente los derechos humanos de los nicaragüenses más pobres y necesitados de la sociedad, al apropiarse de cuantiosos recursos que debían servir para la salud, la educación y los servicios públicos. De modo que tampoco éste tiene méritos para desempeñar un cargo cuya legitimidad depende precisamente del poder moral de la persona que lo desempeñe.

Y los otros candidatos que se mencionan, son reconocidos militantes partidistas, algunos de los cuales inclusive participaron en un gobierno que fue acusado de violar los derechos humanos.

¿Es que no hay en Nicaragua académicos, profesionales e intelectuales que reúnan a cabalidad los requisitos de apartidismo, idoneidad moral y vocación de defensa de los derechos humanos? Por supuesto que los hay. Lo único que hace falta es buscarlos y elegirlos.

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