Consuelo Sandoval
La Asamblea Nacional aprobó ayer una reforma al Sistema de Ahorro de Pensiones que amplía el plazo para que las empresas Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) cobren el tres por ciento de comisión sobre las cotizaciones al momento de arrancar operaciones y no desde que entró en vigencia la legislación original.
La ley original establecía que las AFP empezarían a cobrar ese porcentaje a partir de la entrada en vigencia de la ley, pero debido a que todavía no han comenzado a operar, corrían el riesgo de ver reducidos esos ingresos al 2.5 por ciento.
“Lo que estamos haciendo es restableciendo el mecanismo originalmente aprobado que señala que en los primeros tres años esa cotización será del tres por ciento y el resto de años (se reduciría) al 2.5 por ciento y las empresas empiezan a funcionar hasta dentro de tres meses”, explicó el diputado liberal David Castillo.
Según la exposición de motivos de la enmienda legislativa, en el artículo 17 de la Ley de Ahorro de Pensiones, se establece el monto de esta comisión en un tres por ciento del ingreso base de cotización, cargo con el cual, las instituciones administradoras financiarán el costo de los servicios que presten y el costo de un seguro de invalidez y sobrevivencia”.
Castillo se pronunció porque se revisen algunos elementos como la tasa de cobro de colecta que aplicará el Seguro Social, considerando que “está cobrando una comisión altísima sólo por recibir los aportes (de los trabajadores) y distribuirlos a las AFP, “y nos parece que no está clara la forma en que se van a trasladar los recursos que ya hemos dado en los años anteriores”.
Su colega sandinista Gustavo Porras, manifestó que cuentan con unas catorce mociones para modificar algunos detalles de la legislación que rige el nuevo sistema de pensiones, entre éstos, la cobertura a los trabajadores desde el momento de su ingreso.
“Es clarísimo que un trabajador debe ser cubierto por invalidez y muerte desde que arranca en el sistema de pensiones y no 60 días después, entonces, alguien tiene que asumir eso, sobre todo que son trabajadores que han venido cotizando en el otro sistema, vos comenzás a tener beneficios hasta quince días después, y puede pasar cualquier cosa y tus hijos pudieran quedar desamparados, en esta modificación queda claro que el Estado va a respaldar cualquier fondo de pensiones de los trabajadores en caso que hubiera una quiebra en las AFP”, dijo Porras.