La Ley de Carrera Judicial

Manuel Aráuz Ulloa

De una lectura rápida de los principales periódicos del país, de un vistazo breve a cualquier telenoticiero o de unos minutos de sintonía a cualquier radio local, puede uno percatarse que las noticias del día son el traslado del ex presidente Alemán a la cárcel La Modelo y la Ley de Carrera Judicial. Como es de esperar en un país acostumbrado a las especulaciones, hay quienes dan por hecho una relación de causa efecto entre los dos hechos noticiosos, asegurando que es un mecanismo de presión de los liberales contra los jueces y la bancada sandinista, otros aseguran tajantemente que los jueces no quieren una Ley de Carrera Judicial, mientras la inmensa mayoría de la población no tiene la menor idea del tema que se discute y del porqué los jueces en protesta se han tomado las calles.

Para saber de qué se habla he de comenzar diciendo que una Ley de Carrera Judicial “es aquélla que regula el ingreso, permanencia, promoción, ascenso, capacitación y disciplina de los funcionarios judiciales”. Mucho se ha criticado en Nicaragua que los jueces son nombrados atendiendo, más que a sus méritos y capacidades, a motivaciones políticas. Éstas son también las razones esgrimidas cuando se produce la destitución de un juez. Si bien hay casos de casos, en el sistema actual un juez puede ser destituido en cuestión de veinticuatro horas, algunas veces sólo se le notifica que se ha quedado sin trabajo y que lo que él podía decir no tiene ninguna importancia. Con la Ley de Carrera Judicial sólo las personas que a través de un examen o concurso hayan demostrado ser las más capaces podrán ser jueces, y sólo los funcionarios judiciales a quienes, a través de un proceso transparente y con derecho a la defensa, se les haya comprobado la comisión de actos irregulares, podrán ser destituidos.

El tema de la carrera judicial, aunque noticia de hoy, no es un tema reciente; sobre él se han presentado varias iniciativas. De las iniciativas presentadas han surgido varios dictámenes, parece que cada quien quiere ponerle su propio sello. Así, mientras en uno de los dictámenes se dice que todos los que están ocupando un cargo de juez continuarán en sus puestos y sólo se evaluará su desempeño, el sistema de concurso y examen sería aplicable sólo a los nuevos ingresos, otro ordena la destitución inmediata de todos aquéllos que “pertenezcan o hayan pertenecido a órganos de represión, en cualquier período de gobierno…”, o que hayan sido beneficiados con bienes por los que el Estado ha tenido que resarcir daños a terceros.

He de reconocer, sin embargo, que de todas las iniciativas presentadas la del Presidente de la República es la que ha causado más revuelo, no sólo porque crea un Consejo de Administración y Carrera Judicial, sino porque concede, a las cinco personas que lo conformarían, enormes atribuciones, desde el resguardo del televisor robado en cualquier barrio (art. 7.9) hasta la elaboración y administración del presupuesto total del Poder Judicial estaría dentro de sus competencias.

¿Por qué los jueces se encuentran en protesta? Es la pregunta que ahora debo responder. Desde mi punto de vista no se trata de que los jueces estén en contra de la aprobación de una Ley de Carrera Judicial, su aprobación es uno de los objetivos declarados por la Asociación de Jueces, lo que ocurre es que el último dictamen remitido el 18 de marzo para conocimiento y votación del plenario de la Asamblea Nacional, establece que todos los funcionarios judiciales, de jueces de Distrito hacia abajo, pasados seis meses de aprobación de la ley deben considerarse despedidos y competir con otras personas que opten a ocupar su puesto si quieren recuperarlo (art. 79)

Desde mi punto de vista, la disposición citada lo que consigue es ofrecer soluciones extremas a un problema profundo. Todos los nicaragüenses, jueces y magistrados incluidos, estamos convencidos de la necesidad de una Ley de Carrera Judicial. Para el fortalecimiento verdadero de las instituciones es necesario iniciar un proceso paulatino y sostenido de evaluación del desempeño de los jueces, remoción de aquéllos que no logren superar las exigencias establecidas y nombramiento de aquéllos que se han ganado el puesto por sus méritos y capacidades. Si en realidad queremos jueces independientes e imparciales debemos pensar, más que en soluciones extremas, en procesos a mediano plazo.

El autor es doctor en Derecho Penal. Decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas UCA.

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