Roberto Ferrey E.
La relación entre poder y derecho continúa siendo determinante para el avance o retroceso del proceso democrático nicaragüense. Somos testigos del ejercicio de poder para usar el derecho en beneficio de intereses partidarios o personales. El poder fáctico por encima o al lado, casi al margen del derecho es la clara negación de un Estado de Derecho.
Por ello es necesario y urgente reformar la institucionalidad nicaragüense que se plasmó en la Constitución Política de 1987 y sus reformas parciales. Pero ese proceso de reforma debe sustentarse en el concepto de la transaccionalidad, esbozado por el eminente jurista granadino, doctor Carlos Cuadra Pasos, al dictar una conferencia sobre derecho constitucional en la histórica Universidad de Oriente y Mediodía, en 1932.
Decía el doctor Cuadra Pasos: “Todas las Constituciones en Nicaragua han sido sustancialmente unilaterales… las constituciones han sido siempre forjadas con la tesis íntegra del programa de un partido político triunfador que, sin consideraciones de ninguna clase al criterio de los vencidos y al criterio de los neutrales, impuso a la nación su propio criterio con la arrogancia y, permítanme la palabra, con la grosería de un ultimátum.
“Una Constitución para ser buena debe ser obra transaccional, es decir que su articulado debe expresar las concesiones mutuas entre las tesis extremas de los programas de los partidos. En Nicaragua durante la actual generación no ha habido ni una sola transacción entre los dos partidos históricos. Lo que se ha verificado varias veces y cubierto con ese nombre, han sido movimientos estratégicos de uno de los partidos, para penetrar como cuña en las divisiones del otro”.
A setenta y dos años de la propuesta del doctor Cuadra Pasos, Nicaragua se encuentra a las puertas de una reforma constitucional que puede ser el punto de quiebre hacia la institucionalización democrática ajena a la mera partidarización de las instituciones (como la representación minoritaria o zancuda impuesta por los Somoza y actualizada por el pacto Alemán-Ortega del año 2000) y revestida de una normativa jurídica clara y precisa en la que se establezcan criterios y requisitos universales; sin discriminaciones ni inhibiciones ad hoc; ni normas jurídicas con aplicación retroactiva; y que, de una vez por todas se defina el principio de la no reelección absoluta o de la reelección inmediata y por una sola vez, para la Presidencia de la Repóblica.
Todo esto dentro del espíritu “transaccional” referido, es decir buscando el consenso, usando la negociación como mecanismo único del logro de concesiones mutuas y con un objetivo de Patria, no de partido ni mucho menos de personas.
Para ello es bueno refrescar la memoria histórica y en ello aportan mucho las obras del doctor Cuadra Pasos y otros juristas que han predicado las bondades de la ciencia jurídica bien entendida y que, hasta ahora, los nicaragüenses hemos preferido ignorar o hacer a un lado.
Nicaragua requiere un proceso ordenado y moderado de reformas. Los pactos y sus efectos negativos deben servir de guía sobre qué no hacer, para no repetir los mismos errores y poner fin a las crisis recurrentes que afectan nuestra gobernabilidad e impiden la vigencia de un verdadero Estado de Derecho.
Nicaragua no está ya para “parches coyunturales”. Se necesita una Reforma Constitucional que sea para largo plazo. Dándole solidez y estabilidad a las instituciones democráticas que se logre consensuar (tanto en su fondo como en su forma)
Una reforma total constitucional no puede continuar siendo satanizada. Creo más bien que puede ser una oportunidad para consolidar, institucionalmente, los avances y logros que se han venido desarrollando a lo largo de los últimos años. Todo ello dentro de un marco de consenso, negociación y mutuas concesiones. Es decir en un marco transaccional como enseñó el doctor Carlos Cuadra Pasos.
Para ello se requiere la participación de todos los sectores o “fuerzas vivas” de la nación: empresarios (micros, pequeños y grandes); sector agrícola y ganadero, artesanos, organizaciones de empleados y trabajadores, iglesias, organismos culturales y ambientales, ONG y demás organizaciones de la sociedad civil.
Sólo así se logrará una Constitución Política que satisfaga a todos los nicaragüenses y permita establecer reglas del juego democrático, estables y aceptadas por todos, por ser claras, precisas y objetivas, así como de aplicación para todos por igual.
La superación de las disposiciones que afectan, impiden o atrasan nuestra institucionalidad democrática, será el marco jurídico dentro del cual los efectos de la condonación de un alto porcentaje de la deuda externa nos permita complementar el desarrollo democrático con la creación de oportunidades para incrementar y diversificar nuestra producción, generar empleos y mejorar considerablemente el nivel de vida de todos y cada uno de los nicaragüenses.
El autor es rector de la Universidad Santo Tomás de Oriente y Mediodía