Edwin Zablah.

Juez envía a prisión a acusadores de Zablah

Un año de cárcel para comandante Henry Ruiz Mirna Velásquez Sevilla [email protected] La crisis interna en que se encuentra sumida la organización sandinista Fundación Augusto C. Sandino (FACS), se acentuó ayer, después que la juez Julia Mayorga Solórzano condenó a un año de prisión más una multa de 500 córdobas a los directivos que denunciaron […]

  • Un año de cárcel para comandante Henry Ruiz

Mirna Velásquez Sevilla [email protected]

La crisis interna en que se encuentra sumida la organización sandinista Fundación Augusto C. Sandino (FACS), se acentuó ayer, después que la juez Julia Mayorga Solórzano condenó a un año de prisión más una multa de 500 córdobas a los directivos que denunciaron al antiguo director ejecutivo, Edwin Zablah del Carmen, por lavado de dinero y otros delitos.

El otrora comandante Henry Ruiz Hernández, José Ángel Buitrago Arosteguí, Pedro Antonio Blandón Lanzas, David Julio Callejas Sequeira y Ramiro Bermúdez Mallol, todos directivos de la FACS, fueron procesados por falsificación de documentos públicos y asociación para delinquir en perjuicio de Zablah del Carmen.

PASA A MANOS DE JUEZ JUANA MÉNDEZ

José Ángel Buitrago, quien actualmente funge como presidente de la FACS, informó que la sentencia fue apelada, por lo tanto el caso deberá pasar al tribunal superior, en este caso al Juzgado Primero de Distrito del Crimen, cuya titular es la juez Juana Méndez. Dados los últimos acontecimientos político-judiciales en ese Juzgado, Buitrago dijo que los procesados sienten inseguridad, pero esperan que haya justicia. “Quisiera creer que la justicia prevalece en este país”, dijo.

La juez Mayorga absolvió a los procesados del delito de asociación para delinquir y consideró que sólo existió falsificación de documentos públicos.

Una de las pruebas señaladas en la sentencia es el acta suscrita el 14 de julio de este año en la que por unanimidad los directivos acordaron destituir de su cargo a Zablah por supuestas anomalías administrativas en el manejo de los recursos económicos de la Fundación, al retirar fondos para uso personal sin consultarlo.

“Resulta absurdo pensar que al propio perjudicado no se le comunicase de su destitución, ya que era el más interesado, y es hasta el 25 de agosto del año 2003 que se le remite carta en la que se pone en conocimiento de la decisión de suspenderlo, que no es lo que establece el acta número 24, ya que en ella se habla de destitución”, señala la sentencia de la juez Mayorga.

“En el acta hicieron constar la intervención de una persona que no estuvo, ya que como él mismo ha dicho, se encontraba fuera del país y además faltaron a la verdad en la narración de los hechos. En lo que hace al procesado David Julio Callejas, también es autor del delito de falsificación ya que no habiendo estado presente en la reunión antes señalada, en el acta número 24, firmó la misma”, agrega.

JUEZ INCOMPETENTE

En representación de los demás procesados, José Ángel Buitrago, dijo que la sentencia no está apegada a Derecho, pues los estatutos de dicha Fundación establecen que los temas relacionados a problemas de los directivos deben ser dirimidos a lo interno y nunca deben ser llevados a los tribunales de justicia. “Es un asunto interno y nunca debió trascender al ámbito judicial”, declaró.

Buitrago relacionó además una resolución del Ministerio de Gobernación que orientó resolver por la vía del arbitraje el problema, por lo tanto la juez no tenía competencia para conocer el caso.

Reconoció que en la reunión Callejas no estuvo presente, sin embargo dejó una carta delegando a Buitrago para que lo representara, pero esto no se describió en el acta en cuestión.

Explicó que según el reglamento interno, con tres miembros hay mayoría y ese día fueron cuatro directivos los que tomaron la decisión.

Hay que señalar que éste es uno de los más de 50 juicios entre los directivos de esa organización en las distintas judicaturas del país. Para Mario Cruz, abogado de Zablah, esta resolución repercutirá favorablemente en la denuncia contra Zablah introducida en la Fiscalía, por lavado de dinero, estafa, delitos contra la buena fe en los negocios y otros.

En cambio, a juicio de José Ángel Buitrago, la sentencia no se vincula a la acusación que contra Zablah pesa en la Fiscalía, pues él no podía manejar más de 5 mil dólares como mandan los estatutos, sin embargo hizo transacciones arriba de los 100 mil dólares.

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