Rafaela Urroz, Juez Octavo de Distrito de lo Penal. (LA PRENSA/ARCHIVO)

Anulan veredicto de inocencia de policía Urbina

Por primera vez, una judicial encontró méritos suficientes para anular un jurado de conciencia plagado de críticas Mirna Velásquez Sevilla [email protected] A seis meses de implementado el Código Procesal Penal (CPP), por primera vez fue anulado el veredicto de un jurado de conciencia que declaró inocente al oficial de la Policía Nacional, Nelson Urbina, acusado […]

  • Por primera vez, una judicial
    encontró méritos suficientes para anular un jurado de conciencia plagado de críticas

Mirna Velásquez Sevilla [email protected]

A seis meses de implementado el Código Procesal Penal (CPP), por primera vez fue anulado el veredicto de un jurado de conciencia que declaró inocente al oficial de la Policía Nacional, Nelson Urbina, acusado de delito de homicidio en perjuicio de su cónyuge, víctima de un balazo en la sien.

La decisión de la juez octavo de Distrito de lo Penal, Rafaela Urroz, fue sustentada en las pruebas que el Ministerio Público presentó en contra de Hellen Tamara Ochoa Canales, quien fue miembro del jurado de conciencia, pese a haber cursado tres años de la carrera de Derecho en la Universidad Popular de Nicaragua (Uponic).

Según la judicial, Ochoa Canales ocultó información importante a su autoridad antes de ser electa como miembro del tribunal, el seis de mayo pasado.

“Resulta poco razonable que se trate de evadir que la miembro de jurado Hellen Tamara Ochoa Canales fuese estudiante de Derecho, argumentando a su favor que en el momento de ser citada para ser miembro de jurado no es alumna activa; cuando de su propia voz ha dicho ante esta autoridad tener aprobado hasta tercer año. Ha dejado de ser estudiante de la carrera hasta hace tres o cuatro meses”, argumentó la juez Urroz.

Después de emitido un fallo, a las 9:15 de la noche del pasado siete de mayo, donde Ochoa Canales participó como portavoz del tribunal, la Fiscalía desarrolló una investigación y llevó a vista de la judicial documentos referidos a constancia de la Universidad Popular de Nicaragua (Uponic) que demostraban su calidad.

“En este sentido, he de decir que la intención del legislador, cuando establece las prohibiciones de ser estudiantes egresados o profesional del derecho, es precisamente que ninguno de los miembros de jurado sea conocedor de derecho, puesto que su veredicto debe estar alejado de cualquier valoración técnica sobre sus decisiones, el cual únicamente deberá basarse en el criterio racional sin estar sometido a dar explicaciones del porqué de su veredicto”, explicó Urroz..

La judicial desestimó los alegatos de Aarón Sandoval, abogado defensor del policía, quien considera que el artículo que señala las prohibiciones deja vacíos y no es específico, por lo que pidió una interpretación del mismo.

“No he hecho ningún falso testimonio. A mí no me preguntaron si era conocedora de derecho, entendí solamente si era estudiante”, fue la reacción de Ochoa tras escuchar la decisión.

Se prevé que se celebre una audiencia especial para establecer un nuevo juicio oral y público el tres de junio próximo.

El fiscal Alan Velásquez no descartó la posibilidad de entablar un proceso judicial en contra de Tamara Ochoa, por ocultar a la autoridad judicial estar inhibida de formar parte de un jurado de conciencia. Ochoa podría ser señalada de los delitos de falso testimonio o delito contra la administración de justicia.  

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