La elección de magistrados

Gabriel Álvarez Argü[email protected]

La función política del Poder Judicial es la de aplicar el derecho creado por los órganos democráticamente legitimados. Su posición política no es, pues, débil, sino que debe ser inexistente. Y también por eso es que su posición jurídica tiene que ser muy fuerte. Su carácter apolítico es el fundamento de su fortaleza jurídica.

En el caso de Nicaragua, a esta importantísima función de la Corte Suprema de Justicia se une, en tanto órgano encargado de la justicia constitucional, la no menos fundamental de defensa del Estado democrático frente a posibles ataques por el uso indebido del poder de la mayoría en contra de la minoría.

Por eso, los mecanismos y criterios de selección de sus miembros deben procurar la mejor realización de los principios que rigen su funcionamiento, entre otros, señaladamente, el principio de independencia judicial. El juez es independiente porque está sometido únicamente a la Constitución y a la Ley, y, por ello, la argumentación estrictamente jurídica y suficientemente persuasiva de sus resoluciones viene a ser un elemento sine qua non para el eficaz cumplimiento de sus funciones.

Es precisamente este principio de independencia judicial el que se ha visto cuestionado por amplios sectores de la sociedad cuando tildan de excesivamente partidarizada la integración de la Corte Suprema de Justicia. El origen inmediato de esta partidarización se ha ubicado en los acuerdos políticos que condujeron a las reformas constitucionales del año dos mil. Independientemente de la satanización que sufrieron esos acuerdos, lo cierto es que la realidad, terca como siempre, ha demostrado cierta disfuncionalidad en dicho órgano.

Y es que, efectivamente, cuando se retienen los expedientes o no se integran las salas deliberadamente para impedir el quórum y evitar su funcionamiento, cuando se resuelven de manera groseramente extemporánea los casos con obvios intereses políticos en juego, cuando los propios magistrados se desacreditan recíprocamente o desconocen las actuaciones de sus colegas, cuando las sentencias adolecen de una impresionante pobreza técnica argumentativa, cuando se señala expresamente que se llega a defender los intereses de un determinado partido político, cuando no se llenan las vacantes judiciales por razones de estricta equidad partidaria, y un larguísimo etcétera, no se puede menos que decir que existe una grave disfuncionalidad institucional.

Es importante destacar que este problema trasciende la honorabilidad y capacidad meramente individual de los magistrados —algunos de ellos incluso gozan de gran prestigio internacional— para convertirse en un problema del sistema. Con, sin o contra la voluntad de los magistrados el actual modelo de “bancadas judiciales” causa serios perjuicios a los propios magistrados, al Poder Judicial, a los ciudadanos y al Estado democrático en general. Porque la necesidad del Poder Judicial de parecer honesto —además de serlo por supuesto— es más urgente que la de la mujer del César, es por lo que se hace imperativo intentar evitar que los diputados decidan según la lógica de “cinco míos, cuatro tuyos”.

Es en este sentido que hay que comprender la idea del presidente Bolaños de elegir al azar a los futuros magistrados. Esta propuesta no es necesariamente inconstitucional pues, una vez designados efectivamente los magistrados mediante este mecanismo, habrían de “constitucionalizarse” mediante el cumplimiento en el seno de la Asamblea Nacional de las formalidades procedimentales establecidas en la Constitución y demás normas pertinentes. Pero por muy patriotas, capaces, responsables y serios que fuesen los diputados, parece poco viable y realista exigirle a las dos fuerzas mayoritarias que arriesguen de una sola vez la cuota de poder que significa más de la mitad de miembros de la Corte Suprema de Justicia.

Sin embargo, por muy irresponsables, ineptos y despistados que fuesen, tampoco parece descabellado exigirles que al menos envíen una señal de querer ir resolviendo gradualmente los problemas que aquejan al Poder Judicial. Por eso, la propuesta del Frente Sandinista de escoger a los magistrados mediante el criterio de apoyar la carrera judicial no es suficiente, pues si el origen del problema ha sido la utilización de criterios excesivamente partidistas para elegir a los miembros del Poder Judicial, apoyar la carrera judicial podría significar, muchas veces, la perpetuación de la partidización de ese poder.

De manera tal que, sin eufemismos, demagogia o retórica vacía de contenido, es necesario encontrar un punto de equilibrio entre las fortalezas y legítimos espacios ocupados por los partidos mayoritarios por un lado y las legítimas aspiraciones ciudadanas de mejorar y fortalecer el Poder Judicial por el otro. Por ejemplo, tres magistrados sandinistas, tres magistrados liberales y tres magistrados independientes podría ser una salida razonable. Claro está que lo importante no son los números sino el concepto.

¿Qué pasaría si los diputados, en un alarde de ineptitud e irresponsabilidad, escogen a los magistrados según la regla de “cinco y cuatro”? Nada. Absolutamente nada particularmente insoportable para el país. No es cierto que se ha tocado fondo, todavía podemos hacer las cosas peores que como se ha hecho. Un puñado de nicaragüenses seguirá creyendo y actuando como que son más vivos que el resto. Este resto seguirá creyendo que aquellos “vivianes” son una verdadera lacra. El país seguirá perdiendo tiempo, recursos y oportunidades frente a los retos del futuro. Y en el peor de los casos, si las cosas se agravan, tal vez se intente dentro de algunos años otra revoluta. Pero por el momento nadie se va a morir.

El autor profesor de Derecho Constitucional.
UNAN-León.  

Editorial
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