Nicaragua estrena “justicia selectiva”

El experto en derecho penal, Sergio Cuarezma, asegura que “la justicia que Nicaragua está estrenando es selectiva, a la víctima le repararán el daño si el victimario es una persona de dinero, si el victimario carece de dinero irá a la cárcel”. Para el experto, la fase investigativa establecida en la nueva Ley está totalmente […]

  • El experto en derecho penal, Sergio Cuarezma, asegura que “la justicia que Nicaragua está estrenando es selectiva, a la víctima le repararán el daño si el victimario es una persona de dinero, si el victimario carece de dinero irá a la cárcel”. Para el experto, la fase investigativa establecida en la nueva Ley está totalmente concentrada por el Ministerio Público y la Policía, un giro radical del acceso a la justicia, que tendrá un impacto cultural sensible en la sociedad

Elízabeth [email protected]

El amanecer del 25 de diciembre un ciudadano escenificó un escándalo en uno de los Distritos de Policía de Managua, al sentirse frustrado porque denunció a un sospechoso de haberle robado sus enseres domésticos, pero el oficial de Policía se negó a ordenar el arresto.

El agente le explicó que sólo podían detener al sospechoso si lo encontraban “in fraganti”, o con “las manos en la masa”, como se dice popularmente.

“El hombre armó un escándalo en la sala del Distrito”, comentó un policía y reiteró que “habrá que esperar si ese sospechoso se va a presentar por su propia cuenta ante un juzgado”.

El agente, que prefirió omitir su nombre, recordó que en este país los acusados sólo acuden al juzgado si una patrulla policial los lleva por la fuerza.

El segundo jefe del Distrito Seis de la Policía, comisionado Horacio Sobalvarro, dijo que esto es parte de la cultura jurídica del país, porque en toda denuncia el afectado desea ver preso al sospechoso.

“Cuando las pruebas no son de calidad y el trabajo (policial) es presionado por esa cultura jurídica, terminan en que los jueces sacan libres, con distintas figuras, a los autores”, explicó Sobalvarro.

“En ese sentido este Código (Procesal Penal) viene a reivindicar o a retomar la defensa de la garantía constitucional de todos los ciudadanos”, dijo el funcionario policial.

Reconoce que las expectativas de la población son de que el Código puede propiciar la impunidad, pero “cuando una persona llega y dice que ‘éste fue’, si no hay elementos suficientes que sustenten esa denuncia el Código no nos permite detener”.

Para poder detener, explicó Sobalvarro, la Policía necesita hacer diligencias que les permitan verificar que esa persona es presunto autor de un hecho delictivo. “El Código trata de defender las garantías constitucionales de todos los ciudadanos, porque entonces cualquiera puede decir éste fue el que me hizo tal cosa”.

A criterio de algunos agentes de base, faltan condiciones en el país para que el Código Procesal Penal sea bien aplicado. Las celdas de los distritos de Policía están vacías, debido a que ha bajado la incidencia delictiva o las denuncias, expresó el agente.

DEFENSA EN DESVENTAJA

Para el experto en derecho penal, Sergio Cuarezma, es muy prematuro pronunciarse sobre el desarrollo y efectividad técnica del Código, aunque dijo se pueden destacar algunos aspectos que advierten una situación nada positiva sobre el mismo.

Para Cuarezma “la justicia que Nicaragua está estrenando es selectiva, a la víctima le repararán el daño si el victimario es una persona de dinero, si el victimario carece de dinero irá a la cárcel”.

Aunque consideró que el juicio oral es fantástico, le preocupa la fase investigativa.

Cuarezma observa “un control férreo de la investigación criminal en manos del Ministerio Público y la Policía Nacional”, lo que le parece un giro radical del acceso a la justicia, que tendrá un impacto cultural sensible en la sociedad.

Además, prevé un trabajo pasivo para los defensores públicos y defensores privados, debido a que éstos no están capacitados con el nuevo Código y, por otro lado, sus clientes deberán poseer suficiente dinero para pagar un buen abogado que les defienda en un juicio oral y un equipo de investigadores que pueda hacer frente a las pruebas que presente el Ministerio Público.

Cuarezma afirma que la Policía y el Ministerio Público deberán laborar las 24 horas, para atender a las personas capturadas en cualquier hora del día.

“Mientras los órganos de investigación y represión trabajan las 24 horas del día, el estado de derecho en Nicaragua en materia judicial trabaja de 8:00 de la mañana a 5:00 de la tarde. El Poder Judicial tiene que romper muy pronto este desequilibrio, que pone en grave riesgo la vigencia de los derechos de las personas”, comentó.

DEFENSORES CON EXCESO DE TRABAJO

Durante los primeros cinco días de aplicación del Código Procesal Penal hubo limitaciones para la aplicación de la nueva ley en los distritos policiales, debido a la falta de fiscales que deberían estar instalados en sus oficinas, donde apenas empiezan a limpiar y faltan escritorios.

En otros casos, las escobas, baldes y otros enseres de limpieza, denotan que en ese lugar habrá cambios pero todavía no se observan instaladas las oficinas para el trabajo de los fiscales, las cuales debieron estar listas desde el pasado 24 de diciembre, pese a que días antes fue firmado un convenio entre el fiscal Julio Centeno y el director general de la Policía, primer comisionado Edwin Cordero.

En Managua, el 24 de diciembre, fecha en que se puso en vigencia el Código Procesal Penal sólo estaba lista la oficina que dos fiscales utilizarían en el Distrito Cinco de la Policía.

Sin embargo, Sovalbarro destacó que pese a estas limitaciones, la aplicación del nuevo Código Procesal Penal es positiva y beneficiará a la ciudadanía, con el cual se terminó “aquel boleo que hubo en que los jueces le echaban la culpa a la Policía por las malas diligencias, por los malos expedientes”, o críticas de la Policía a los jueces alegando que “propiciaban la impunidad al no tomar en cuenta las pruebas que pasábamos”.

Actualmente hay más de siete mil policías en Nicaragua, cerca de 100 fiscales, sin embargo, existen sólo 14 defensores públicos.

“La carga de trabajo de la defensoría pública que tiene que atender todavía los juicios escritos durante los próximos dos años, sumado con la carga que significa un sistema totalmente opuesto, como es la oralidad para los próximos años; con esta cantidad de defensores públicos sólo se puede traducir en violación del derecho sagrado de la defensa por parte nicaragüense”, argumentó Cuarezma.

PROCESO CONTROLADO POR POLICÍAS

A esto le sumó que el fiscal tendrá un 85 a 90 por ciento de pruebas, mientras los defensores públicos que no cuentan con investigadores privados “irán con los pies hinchados”, pues podrán hacer muy poco por su cliente.

Esto conllevará a que el proceso penal esté controlado por la Policía Nacional dada la poca capacidad que la Fiscalía tendrá para investigar y que además será el mero receptor.

“Corremos el riesgo de crear tentaciones autoritarias de cómo administrar la justicia en el país”, dijo Cuarezma.

Sin embargo, Sovalbarro recordó que serán los fiscales quienes estarán en relación con los jueces y quienes determinarán si las pruebas son correctas.

El doctor Cuarezma consideró que a su juicio “existe un detrimento en el reconocimiento y respeto de las garantías del debido proceso constitucional del imputado o acusado”.

La denuncia la Policía la podrá recibir por distintas vías y está obligada a recabar las principales pruebas de la misma, sea por testificales, documentales, o materiales, las cuales se van a convertir en “pruebas de convicción”, indicó el funcionario policial.

Posteriormente deberá determinar si estos casos son de competencia de la Fiscalía o de los jueces locales que durante dos años conocerán los casos menos que correccionales, con el procedimiento anterior.

En cuanto a los casos más que correccionales que tienen que ver con la cuantía y peligrosidad del delito, tienen que verlo con el Ministerio Público, el cual analiza si el caso tiene méritos para desarrollar el proceso investigativo que posteriormente termina en manos del judicial.

Existe una limitación en el caso de las lesiones, porque mientras el Ministerio Público considera que estos casos corresponden a los juzgados locales, la Policía señala que la experiencia les ha enseñado que hay casos relevantes que incluso pueden ser calificados como intentos de homicidio.

Por ejemplo, en un hecho conocido porque el imputado fue encontrado en flagrante delito la Policía contará con 12 horas para realizar su persecución y poner el expediente en manos de la Fiscalía. La Policía tiene 20 días para investigar, pero todo el proceso puede llevar un mes y medio como máximo hasta concluir con un juicio oral.

¿REFORMAR EL CÓDIGO?

El doctor Sergio Cuarezma es del criterio que el Código debe ser reformado. Existen experiencias en América Latina, como República Dominicana, donde fue reformado al día siguiente de haber sido puesto en vigencia; en Guatemala y El Salvador ha sufrido cuatro reformas.

-Actualmente no existe un sistema de grabación total como establece el artículo 283 del Código Procesal Penal, que todas las audiencias deben ser grabadas así como cualquier incidente suscitado en el juicio, por lo que a criterio del doctor Sergio Cuarezma con esto se estará vulnerando de manera sistemática los derechos de los acusados.

-En la Corte Suprema de Justicia están acreditados 8,583 abogados y notarios públicos, no todos han sido capacitados en el nuevo Código Procesal Penal.

-Un estudio realizado por la sala penal estableció en el año 2000 que existe un promedio de 50,000 detenidos a nivel nacional, una mitad es originaria de Managua y la Defensoría Pública atiende un promedio de 250 casos per cápita, lo que significa que sólo cubren 3,250 detenidos, lo que representa apenas un ocho por ciento del total.  

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