- Con la entrada en vigencia del nuevo Código Procesal Penal, “ahora ya no será asunto de capturar primero, y después investigar, sino que será primero la investigación con apoyo de las autoridades policiales y después —si hay méritos— el juez dictará la sentencia correspondiente
Jorge Loáisiga Mayorga [email protected]
Un nuevo Código Procesal Penal sustituye este 24 de diciembre, al centenario Código de Instrucción Criminal, que data desde 1878, imponiendo nuevos cambios en la aplicación de la justicia nicaragüense.
El fiscal general de la República, Julio Centeno Gómez, asegura que el nuevo sistema garantiza a los ciudadanos seguridad jurídica, mediante la aplicación oportuna de la justicia penal.
Señala que el nuevo Código mejorará la persecución y sanción de los delitos para proteger lo bienes jurídicos de las personas, y contribuirá a prevenir los hechos delictivos.
“El nuevo Código Procesal Penal pone de manifiesto la vigencia plena de la constitucionalidad, es decir, es la máxima expresión de la Constitución Política en un actuar positivo de todos los derechos y garantías procesales, no sólo los del procesado, sino también los de la víctima. Es decir, en este estado de cosas, tanta garantía lleva la víctima como el victimario, el acusado como el acusador, el juez, el Ministerio Público, todos están en una igualdad de circunstancias, y la libertad humana es el principal objetivo”, dijo Centeno.
POLICIA CON MÁS FUERZA PARA INVESTIGAR
Para el Fiscal, con la entrada en vigencia del nuevo Código Procesal Penal, “ahora ya no será asunto de capturar primero, y después investigar, sino que será primero la investigación con apoyo de las autoridades policiales, y después —si hay méritos— el juez dictará la sentencia correspondiente. Salvo el flagrante delito y ciertas circunstancias que hagan indispensable el guardar prisión a una persona, como un asesino que ha matado tres y hasta cuatro personas, un asalta bancos o que conozca la secuencia en el lavado de dinero, y ya se presume los que están actuando de una u otra forma, no se va a esperar que lo condene un jurado para echarlo preso ”, agregó el Fiscal.
Dijo que igual pasaría con alguien que tenga mucho poder y pueda manejar las teclas sociales y políticas del país para fugarse.
Agregó que en los casos comunes y corrientes, donde un par de hombres se lían a balazos —como es común en el campo— o en caso de las estafas, que es muy común en el comercio, entonces allí que se haga una investigación y hasta que exista una sentencia que la persona vaya a prisión.
“Nosotros tenemos un reto por delante este 24 de diciembre, y lo hemos asumido quizás con la mayor responsabilidad de todas las instituciones, porque la gente que ha apoyado esto, los checos y la AID, han dicho que la gente más capacitada para impulsar esto es el Ministerio Público, ya tenemos cuatro años de estar en esto”, señaló Centeno.
PROCURADURIA PUEDE ACUSAR
El fiscal general de la República, Julio Centeno Gómez, acabó con las especulaciones de que sólo la Fiscalía tiene la facultad de acusar, y dijo que la Procuraduría General de la República también puede acusar en los casos en que el patrimonio del Estado se ve afectado.
“El Ministerio Público tiene el poder de acusación, pero también lo tiene el Procurador cuando se trate de que han lesionado los intereses de Estado. Es decir, el Procurador sólo puede actuar cuando haya lesiones patrimoniales al Estado, y tiene que actuar como acusador, no como espectador ni como defensor. Su papel tiene que ser como acusador, porque el nuevo sistema se llama acusatorio. Lo novedoso de este sistema es que el Ministerio Público no tiene el monopolio de la acción penal como en casi todos los sistemas del mundo, sino que se le dejó a la víctima la posibilidad de actuar como acusadores”, precisó Centeno.