Alvaro Uribe saluda a los periodistas.

Uribe endurece control del orden público en Colombia

Presidente emite decreto que permitirá capturar sospechosos sin orden judicial Juan Pablo ToroAP BOGOTA.- El gobierno colombiano expidió este martes un nuevo decretó que agilizará la detención de personas sospechosas, la interceptación de llamadas, el allanamiento de inmuebles y la creación de zonas especiales del territorio que quedarán bajo el mando de un militar. Las […]

  • Presidente emite decreto que permitirá capturar sospechosos sin orden judicial

Juan Pablo ToroAP

BOGOTA.- El gobierno colombiano expidió este martes un nuevo decretó que agilizará la detención de personas sospechosas, la interceptación de llamadas, el allanamiento de inmuebles y la creación de zonas especiales del territorio que quedarán bajo el mando de un militar.

Las medidas son las más duras dictadas por el presidente Álvaro Uribe en las tres semanas que lleva vigente el estado de conmoción, que le otorga facultades especiales para intentar frenar el desborde de la violencia guerrillera y paramilitar.

El decreto permite la captura de sospechosos sin orden judicial o con autorización verbal. Los detenidos deberán ser puestos a disposición de un fiscal dentro de las 24 horas siguientes. Su situación jurídica debe resolver en máximo 36 horas tras la captura.

También las autoridades quedaron facultadas, previa autorización judicial, para interceptar, registrar y grabar, todo tipo de comunicaciones para buscar pruebas o prevenir la comisión de delitos.

Asimismo, se podrán disponer inspecciones y registros domiciliarios con la sola comunicación verbal de la autorización judicial previamente escrita. Los allanamientos requerirán orden judicial escrita.

En el caso de naves y aeronaves e inmuebles que no sean residencia, las autoridades podrán hacer inspecciones cuando se presuma que en ellos hay personas implicadas en delitos o armas.

EXTRANJEROS DEBEN COLABORAR

Los ciudadanos extranjeros quedaron obligados a acudir ante las autoridades colombianas cuando éstas lo soliciten, si no podrán ser expulsados del país.

También por el decreto, el presidente podrá crear “zonas de rehabilitación y consolidación”, que se definen como áreas geográficas afectadas por grupos armados donde el gobierno podrá aplicar medidas excepcionales para garantizar la protección de la población y restablecer el orden.

En estas zonas se designará a un comandante militar para que asuma el mando de todos los efectivos de la fuerza pública que se encuentren en el área.

En estas regiones se podrá decretar toque de queda y permisos especiales para el libre tránsito, circulación o permanencia.

El comandante militar podrá recoger, verificar, conservar y clasificar la información acerca del lugar de residencia y ocupación de los residentes y de las personas que ingresen o transiten por el área bajo su mando, así como de las armas y vehículos.

Los habitantes de las “zonas de rehabilitación y consolidación” tendrán la obligación de informar sobre el porte o uso de armas.

El comandante militar también podrá detener por 24 horas a las personas que no porten documento de identificación, suspender salvoconductos y ordenar la revisión de toda carga transportada. Los ciudadanos extranjeros deberán informar sobre su intención de transitar o permanecer en el lugar.

Al amparo de la conmoción interior, ya se ha creado un “impuesto de guerra” para recaudar 800 millones de dólares, se han endurecido las penas para el robo de hidrocarburos y se han agilizado los trámites para expropiar los bienes de los narcotraficantes.

Los organismos humanitarios han expresado sus preocupaciones por un eventual deterioro de los derechos humanos con estas medidas restrictivas. Este mes la Corte Constitucional debe pronunciarse sobre la legalidad de las medidas tomadas.  

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