Noel Hernández Ramos [email protected]
La Contraloría General de la República (CGR) solicitó ayer al presidente ejecutivo de la Empresa Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados (Enacal), Luis Debayle Solís, un informe del proceso de licitación que privatiza durante cinco años la administración de la aguadora de Occidente.
La notificación fue firmada por todos los miembros del Consejo de Contralores, quienes dieron un plazo de siete días a Enacal para entregar el expediente completo de la licitación internacional relativa al arrendamiento de Enacal Occidente, y un informe explicativo de todo lo actuado en cuanto a las diligencias practicadas y el marco jurídico que las sustenta.
Los contralores anunciaron que la solicitud se hace con el objetivo de determinar la legalidad del proceso de licitación y se provea lo que en derecho corresponda.
Al mismo tiempo el diputado Agustín Jarquín, miembro de la Comisión de Comunicación y Transporte de la Asamblea Nacional, informó que solicitará al presidente de la misma, David Castillo, una reunión de los miembros para abordar con las autoridades de Enacal y el ente regulador, INAA, el caso de la privatización de la aguadora en Occidente.
ASAMBLEA DEBIÓ APROBAR LEY ESPECIAL
De acuerdo con el diputado Wálmaro Gutiérrez, Enacal violó la Constitución al no solicitar a la Asamblea Nacional la aprobación de una ley especial para realizar un “contrato de gestión” de la aguadora de Occidente a favor de una empresa privada internacional, denunció.
Gutiérrez señaló que la licitación de la gestión de Enacal Occidente viola la Ley de Disposiciones de Bienes del Estado, Ley 169, porque implica la enajenación de un bien del Estado, del cual una empresa internacional obtendrá réditos.
Sin embargo, las autoridades de Enacal afirman que la empresa no tenía que consultar a la Asamblea Nacional, porque una vez que se licite el contrato de gestión de Occidente la empresa seguirá siendo del Estado.
ENACAL SE BASÓ EN REGLAMENTOS
Mario Ulises Somarriba, Director de Asesoría Legal de Enacal, sostuvo que el fundamento legal que tiene la empresa se basa en el artículo 41 del Reglamento de la Ley de Prestación de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario.
El artículo establece que cuando las concesionarias sean propiedad del Estado, como es Enacal, pueden celebrar “contratos de gestión o de cualquier naturaleza” con otras empresas especializadas en el giro de sus negocios para mejorar la eficiencia de los servicios prestados.
Sin embargo, Wálmaro Gutiérrez señaló que más bien el artículo corrobora la denuncia que plantea, porque no dice en ningún momento que los contratos de gestión se hacen al margen de las leyes constitucionales.
Somarriba indicó que el componente de gestión no es privatización de la administración, sino que un aperador internacional “nos transmitiría conocimiento en la práctica, sobre la marcha de cómo mejorar la administración en un lugar determinado”, dijo.
ENACAL: «NO HAY PRIVATIZACIÓN»
“No existe, hoy por hoy, ningún proceso de privatización de Enacal, y en eso hay que ser categórico, y en segundo lugar no ha habido (todavía) ningún proceso de licitación pública para ejecutar uno de los componentes, que sería el de gestión en la empresa de Occidente”, expresó Ulises Somarriba, Director de Asesoría Legal de Enacal.