El Fiscal y el Procurador

Freddy [email protected]

Algún día las instituciones funcionarán adecuadamente. Ahora sólo son efectivas para quienes tienen la ley como un cuchillo por el mango.

En reiteradas ocasiones he dicho que don Julio Centeno Gómez es un destacado civilista en Nicaragua, pero también creo que jamás osará levantar un solo dedo contra los delincuentes de corbata que, desde distintas esferas, inciden en las decisiones de este país.

En las circunstancias en que se encuentra Nicaragua, difícilmente el Fiscal General, y menos el Fiscal Adjunto, podrán ejercer el monopolio de la acción penal contra funcionarios corruptos, porque en la Asamblea Nacional los destituirían argumentando cualquier cosa.

Ah, pero sí se podría prestar la institución del ministerio público para perseguir a los adversarios políticos o a aquéllos que incomoden a quienes ostentan el poder por derecho y de facto.

En este momento cuando el ministerio público se encuentra sin titular, porque el artículo 37 de ley que rige dicha institución establece que la elección del Fiscal General y del Adjunto se realizaría dentro de los 60 días hábiles posteriores a la entrada en vigencia de la presente Ley, debemos recordar que esta Ley fue publicada el 11 de octubre de 2000.

Ahora, si eligen a don Julio Centeno Gómez como Fiscal General, la Procuraduría quedaría sin titular.

Si el presidente de la República, Arnoldo Alemán, nombra a un nuevo Procurador, una vez que se elija a Centeno, se presentan dos escenarios: el primero, que una vez que el ingeniero Enrique Bolaños asuma, destituya al que se nombre ahora, y en su lugar ponga al doctor Oscar Herdocia.

El otro escenario es más complicado para Bolaños: es que la Asamblea actual apruebe el proyecto de ley de la Procuraduría General de Justicia, que faculta al Presidente a nombrarlo, pero la destitución debe ser a través de la Asamblea Nacional, y si Alemán dirige el Parlamento, él no permitiría que quiten a su procurador, lo que significa que Bolaños puede perder la oportunidad de tener al suyo.

De todas formas, nombren a quien nombren, si se porta mal lo destituyen, de acuerdo con ese proyecto de ley de la Procuraduría.

La remoción del Procurador sobre la base de las causales, únicamente podrá decidirla el Presidente de la República (según el proyecto de ley), quien deberá contar con la aprobación mayoritaria del Consejo de Ministros y la ratificación de la Asamblea Nacional, que deberá emitir un dictamen favorable de mayoría absoluta de sus miembros. Si al final de la historia el procurador es un hombre de confianza de Alemán, no permitirá que se lo remueva Bolaños, y en consecuencia no habrá dictamen favorable de mayoría absoluta de los miembros de la Asamblea para quitarlo.

Otra situación sería que, de común acuerdo, Bolaños y Alemán nombren a Herdocia bajo en entendido de que éste señor no molestará al futuro diputado y a su aliado político Daniel Ortega. ¿Aceptará Bolaños? Veremos.

Esperemos a ver si Alemán mueve bien sus fichas del ajedrez político y le gana otra partida a don Enrique Bolaños.

El autor es periodista  

Editorial
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