- Caso de los US$2.5 millones sigue vigente y sólo falta denuncia formal
Consuelo Sandoval [email protected]
El presidente del Consejo Supremo Electoral (CSE), Roberto Rivas, no descarta que se abra una investigación sobre la denuncia del empresario cubano-americano Ricardo Mas Canosa contra el presidente Arnoldo Alemán, por el supuesto desvío de 2.5 millones de dólares durante la campaña electoral de 1996.
Rivas aseguró que el caso no ha caducado, y, por tanto, no descarta la investigación de la denuncia.
Recordó que en esa fecha (1996) la administración electoral estaba a cargo de su antecesora Rosa Marina Zelaya, y el caso no ha podido ser investigado por falta de una denuncia formal.
Rivas afirmó que los partidos políticos están obligados a presentar a la Contraloría los informes de la ejecución de sus gastos de la campaña electoral, y que la Contraloría tiene un acuerdo con el Poder Electoral para realizar auditorías a posteriori sobre el uso de los fondos de los partidos.
El director de Atención a Partidos Políticos, Julio Acuña, reconoció que no existen mecanismos de control para determinar si los partidos reciben dinero de fuentes ilegales durante la campaña electoral.
“Control, prácticamente no existe, la ley contempla algunos mecanismos, y pasan porque el partido informe al CSE, de lo contrario no puede controlar. Esos controles son a posteriori”, admitió Acuña.
Explicó que los representantes de los partidos tienen que declarar ante el Ministerio de Hacienda los recursos que obtengan, para conocer su procedencia, porque de lo contrario es difícil establecer el origen de ese dinero.
Aclaró que el CSE actúa de buena fe con los partidos, pero depende de que el partido declare las donaciones extranjeras que, según la Ley Electoral, sólo pueden ser destinadas a capacitación y ayuda técnica.
Sin embargo, reconoció que los partidos políticos pueden recibir dinero en efectivo con procedencia dudosa, y no declararlo ante las autoridades, considerando la ausencia de controles financieros.
La Ley Electoral señala que los partidos o alianzas que reciban contribuciones prohibidas “incurrirán en una multa equivalente al doble de la donación o contribución ilícita, sin perjuicio de las otras sanciones establecidas en esta ley, y las penales que correspondan para las autoridades, mandatarios y/o representantes que hubieren intervenido en el hecho punible”.
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