Interpretación de ley tarifaria postergada

Wilder Pérez [email protected] La última palabra sobre a quién le corresponde regular las tarifas del transporte urbano colectivo, continúa sin darse y con ello el boleo entre el Ministerio de Transporte y Infraestructura (MTI) y la Alcaldía de Managua, pues las comisiones de Transporte e Infraestructura, y de Municipios, de la Asamblea Nacional, suspendieron la […]

Wilder Pérez [email protected]

La última palabra sobre a quién le corresponde regular las tarifas del transporte urbano colectivo, continúa sin darse y con ello el boleo entre el Ministerio de Transporte y Infraestructura (MTI) y la Alcaldía de Managua, pues las comisiones de Transporte e Infraestructura, y de Municipios, de la Asamblea Nacional, suspendieron la sesión en la que harían una interpretación auténtica de la ley.

La reunión fue postergada hasta hoy a las 10:00 a.m. debido a que seis miembros liberales de la Comisión de Municipios se ausentaron. Ante tal indisposición, Jaime Bonilla, líder de la Comisión de Transporte e Infraestructura, decidió que también se anularía la discusión de su jurisdicción.

Otros diputados se mostraron inconformes con la posición del Gobierno y se quejaron del poco interés de resolver el asunto. “Aquí el problema es ver cómo se ayuda al usuario, el Gobierno tiene que asumir sus responsabilidades políticas, de ver a quién le adjudica la decisión”, comentó Edwin Castro, de la bancada sandinista.

Por su parte, Jorge Samper, representante del Movimiento de Renovación Sandinista (MRS), dijo que “no podemos esperar a que se resuelva el asunto de la interpretación auténtica, el problema es que en la calle subieron los precios”.

“MEDIDA POLITIQUERA”

Ambos diputados señalaron que detrás de esto hay intereses políticos para que el gobierno se desprenda del transporte.

“Esta interpretación auténtica de la ley es nada más que una medida politiquera, para ver a quién le revienta el zapato”, expresó Castro sin dar mayores detalles.

Samper mencionó que “lo que viene encubierto con la interpretación es una reforma para transferir algo que le corresponde al MTI a las alcaldías, un asunto meramente político”.

Bonilla negó esto diciendo que no se trata de medición de fuerzas partidarias “porque de todas maneras los liberales tenemos mayoría”.

El argumento de los otros diputados es que la ley es clara. “A nuestro juicio se deja claramente establecido que la competencia tarifaria y la normación de tarifas es responsabilidad del MTI y no de la Alcaldía, la Ley 40 no le da facultades a las alcaldías de fijar tarifas, porque los precios no tienen ninguna incidencia en la Municipalidad, nada tiene que ver la política fiscal”, aseguró la diputada sandinista Mónica Baltodano.

Tanto Castro como Samper adujeron que si una municipalidad interfiere en las tarifas de transporte viola lo establecido por la Ley General del Transporte.

Samper recomendó llamar al MTI a que haga su trabajo de normar las tarifas y que luego, si el Gobierno quiere “pasar la pelota” a la Alcaldía que lo haga, pero que la situación no puede seguir así porque el proceso dura casi 15 días.

FACULTAD DEL MTI

– Según el Decreto 164, publicado en La Gaceta número 34, del 17 de febrero de 1986, en su artículo 6, dice: Todas las empresas o particulares… deberán colocar… las tarifas de transporte debidamente autorizadas por el (MTI).

– En el artículo 28, se considera una infracción grave elevar tarifas sin autorización del (MTI).

– La Ley 290, publicada en La Gaceta 102 del 3 de junio de 1998, suscita que al MTI le corresponde formular y establecer las políticas tarifarias en el ámbito de su competencia, conceder la administración, licencias y permisos para los servicios de transporte público en todas las modalidades, nacional o internacional, a excepción del nivel intramunicipal.

– En las reformas a la Ley 40, Ley de Municipios, se establece que el gobierno municipal tiene la potestad de desarrollar el transporte y las vías de comunicación, además de impulsar, regular y controlar el servicio de transporte intramunicipal, urbano, rural, así como de administrar las terminales de transporte terrestre interurbano, en coordinación con el ente nacional correspondiente.  

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