Según Asomif, usuarios de microcrédito corren el peligro de no obtener financiamiento de esta organización porque la ley que regula los intereses podría llevar a reducir la oferta de crédito.

Asomif pide reformar ley que regula los intereses

Alegan que reduce oferta de crédito y empleo Martha Danelia Corea [email protected] La Asociación Nicaragüense de Instituciones de Microfinanzas (Asomif) está solicitando a la Asamblea Nacional modifique la Ley de Reforma a la Ley 176 o Ley Reguladora de Préstamos entre Particulares, por considerar que la misma reduce “drásticamente” la oferta de crédito. “Por eso […]

  • Alegan que reduce oferta de crédito y empleo

Martha Danelia Corea [email protected]

La Asociación Nicaragüense de Instituciones de Microfinanzas (Asomif) está solicitando a la Asamblea Nacional modifique la Ley de Reforma a la Ley 176 o Ley Reguladora de Préstamos entre Particulares, por considerar que la misma reduce “drásticamente” la oferta de crédito.

“Por eso acordamos instar a la Asamblea Nacional para que modifique la ley a través de una reforma a la misma, que establezca una tasa máxima de interés basada en la tasa más alta del sistema financiero para proteger el desarrollo de nuestro país y la economía familiar de miles de pequeños empresarios que, en caso contrario perderán su acceso al crédito y caerán en garras de los usureros a quienes la ley no podrá controlar”, planteó Víctor Tellería, vicepresidente de Asomif.

La reforma a la Ley 176 establece que el interés anual máximo con que se puede pactar préstamos entre particulares será la tasa promedio ponderado que cobran los bancos comerciales, siendo para mayo no mayor al 16.66 por ciento, de acuerdo con un aviso del publicado por el Banco Central de Nicaragua (BCN).

Monto que reduce el interés que cobraban anteriormente las instituciones de microfinanzas, el cual ascendía hasta el 60 por ciento anual.

“Al reducir artificialmente la tasa de interés tiene efectos negativos en la economía nacional porque provoca una drástica reducción de la oferta de crédito formal para los micros y pequeños empresarios, afectando los ingresos de más de 50,000 familias y el empleo de 200,000 personas, con mayor impacto sobre los pequeños productores agropecuarios y de la comunidad rural”, estimó Tellería.

Consideró que en una economía de mercado las tasas de interés se fijan por la oferta y la demanda de dinero disponible para crédito y no por decreto.

Sin embargo, el argumento de los promotores de dicha reforma era que precisamente mediante una ley combatir los “intereses usureros” cobrados por algunas instituciones de microcrédito.

“Son las microfinancieras las que han permitido combatir la usura, incrementando la oferta de crédito y llenando el vacío dejado por el cierre de la banca estatal y la falta de oferta de la banca comercial a los micro y pequeños empresarios de este país”, refutó Tellería.

Dijo que las instituciones de microfinanzas actualmente satisfacen más del 30% de la demanda de crédito de los nicaragüenses más pobres con una cartera de 700 millones de córdobas colocados mediante red de 140 oficinas en todo el país, beneficiando a 140,000 cabezas de familias y generando 450,000 puestos de trabajo.

ARGUMENTO JURIDICO…

“En el caso de las microfinancieras, organizadas bajo la figura de asociaciones civiles sin fines de lucro y aprobada por la Asamblea Nacional con el objetivo específico de otorgar crédito a micros y pequeños empresarios, carece de lógica jurídica que una ley destinada a controlar el lucro excesivo de los particulares sea aplicada a estas instituciones sin fines de lucro, las cuales no distribuyen utilidades”, comentó Víctor Tellería.  

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