Los nicaragüenses radicados en el extranjero no tendrán que presentar su cédula al estar en Nicaragua, según el CSE.

No exigirán cédula a nicas en el exterior

También gozarán de esta excepción los extranjeros residentes de forma permanente o en tránsito por Nicaragua Consuelo Sandoval [email protected] Los nicaragüenses radicados en el exterior y los extranjeros residentes de forma permanente o en tránsito por Nicaragua, no están obligados a presentar la cédula de identidad para realizar cualquier trámite privado o público, confirmaron los […]

  • También gozarán de esta excepción los extranjeros residentes de forma permanente o en tránsito por Nicaragua

Consuelo Sandoval [email protected]

Los nicaragüenses radicados en el exterior y los extranjeros residentes de forma permanente o en tránsito por Nicaragua, no están obligados a presentar la cédula de identidad para realizar cualquier trámite privado o público, confirmaron los magistrados del Consejo Supremo Electoral (CSE), Silvio Calderón y José Luis Villavicencio.

La resolución fundamentada en el artículo 173 de la Constitución Política y los artículos 58 y 62 de la Ley de Identificación Ciudadana establece que quedan exentos de la exigibilidad de la cédula de identidad a los nicaragüenses residentes en el extranjero y que se encuentran transitoriamente en otro país, dijo Calderón.

Aseguró que dispensa a los ciudadanos extranjeros residentes en Nicaragua a quienes también se exceptúa de la presentación de carné de identidad al que se refiere el artículo 45 de la Ley de Identificación Ciudadana, mientras no se reglamente la forma de obtenerlo.

También gozarán de esta excepción los extranjeros que se encuentran transitoriamente en el país, quienes se identificarán con lo establecido por las leyes de Migración y Extranjería de conformidad con el artículo 46 de la Ley de Identificación Ciudadana, precisó.

DEBERáN REALIZAR LOS PROCEDIMIENTOS

Estas disposiciones regirán hasta tanto el CSE no establezca el procedimiento para la cedulación de estos ciudadanos, no obstante, deberán presentar su cédula de residencia y su pasaporte para demostrar su estatus migratorio, dijo el magistrado José Luis Villavicencio.

Aseguró que esta resolución fue notificada a instituciones públicas y privadas del país.

Nuestros compatriotas radicados en el exterior requieren realizar los mismos procedimientos en Nicaragua para tramitar y retirar su cédula de identidad. Es decir, presentar su partida de nacimiento, llenar una solicitud con sus datos específicos y esperar que se le extienda, indicó.

“No hemos abierto la cedulación en el extranjero porque no se sabe cuántos nicaragüenses están fuera, cuántos consulados generales tiene Nicaragua en el mundo, pues en Estados Unidos está en Washington y el de Miami es específico, y según la ley ciudadana tiene que abrirse oficinas en los consulados generales”, afirmó Villavicencio.

Villavicencio estimó que la cedulación en el exterior podría organizarse en períodos no electorales para no confundirlo con la votación, no obstante, reconoció que muchos nicaragüenses radicados en el extranjero, sobre todo en Costa Rica y Estados Unidos, no acudirían a cedularse porque su estatus migratorio es ilegal.

“Es una arma de doble filo, la apertura de oficinas en el extranjero, es una posibilidad que se está valorando porque además implica mayor presupuesto”, agregó Villavicencio.  

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