¿Nuevo Código o una reforma ?

Manuel A.Ulloa*

Podremos comprobar si revisamos los diarios de los últimos días, la discusión existente acerca de si se debe aprobar una reforma parcial del Código Penal vigente o más bien optar por la aprobación definitiva del Proyecto de Código Penal; desde mi punto de vista ambos extremos no son excluyentes entre sí, y por eso hay que celebrar el hecho de que en la sesión plenaria del día 14 de marzo nuestros legisladores hayan decidido comenzar la aprobación, en lo particular, de lo que será una nueva, moderna y garantizada legislación penal.

En efecto, un nuevo Código Penal vendría a romper con el modelo inquisitivo y anticuado, propio de los sistemas del siglo pasado, como el que nos rige actualmente, para dar paso a una legislación adecuada al marco constitucional y respetuosa de los derechos fundamentales, un cuerpo normativo adecuado a los avances de la ciencia y la tecnología, que incorpora nuevas modalidades delictivas con estricto apego a los principios fundamentales del Derecho Penal moderno incorporados por la gran mayoría de legislaciones a través de un proceso de reforma que comenzó en la Europa de los años setenta y se ha extendido por toda Latinoamérica en la década de los noventa.

Justo es reconocer, sin embargo, que la inminente aprobación del nuevo Código Penal requerirá de un margen temporal antes de su entrada en vigor, pues debe ser conocido por todos los aplicadores del Derecho y por la población en general, de ahí que ante la creciente demanda social y la preocupación del Estado por brindar una respuesta satisfactoria a las situaciones de la vida social ante las nuevas formas de delincuencia que se producen en el propio ámbito empresarial y que afectan la estabilidad y confianza en el sistema económico y financiero del país, cobre una enorme relevancia la eventual aprobación de una reforma parcial al Código Penal vigente que vendría a paliar el posible vacío legal que se produciría desde la aprobación del Código Penal hasta su entrada en vigor.

Es por esta razón por la que un grupo de catedráticos de Derecho Penal y de Derecho Bancario de la Universidad Centroamericana, con la asistencia del Proyecto de Reforma y Modernización Normativa en Nicaragua (CAJ/FIU-USAID), hicimos llegar a nuestros legisladores un proyecto de reforma al Código Penal que ha sido acogido con beneplácito, pues pretende sancionar conductas delictivas que no se encuentran en la legislación vigente, como son los nuevos delitos bancarios, los delitos cometidos en y desde el seno de las sociedades mercantiles, el fraude, la administración fraudulenta, el uso y abuso de información privilegiada, etc. En definitiva, la aprobación de una ley de reforma como la propuesta no incide de forma negativa ni se contrapone con la aprobación de un nuevo Código Penal, todo lo contrario, supondría el iniciar, desde ya, con el establecimiento de un sistema penal generador de confianza en el tráfico mercantil, en el equilibrio de mercado y en el sistema financiero, lo que también podría ser abonado por la introducción de otros delitos, vinculados al ámbito de la administración pública, que, no sin cierta polémica en el ámbito político, han sido propuestos por algunos

* Doctor en Derecho Penal.  

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