Sagrario Chamorro A.
Los siglos pasan y las constituciones continúan defendiendo el derecho de ser un ser humano.
Hasta el momento, no existe una enmienda, en ninguna Constitución que proclame: “todo ser humano tiene derecho a inhalar oxígeno”. De igual manera, se estimaría ridículo si alguna Constitución manifestara: “Toda persona tiene derecho a pensar”, puesto que la palabra es consecuencia del acto de pensar, así como vivir es el resultado de respirar.
Sin embargo, la libertad de expresión ha sido uno de los derechos más violados en la historia de la humanidad. En Nicaragua, el pasado 26 de enero, el presidente, doctor Arnoldo Alemán, vetó parcialmente el proyecto de “Ley Creadora del Colegio de Periodistas de Nicaragua”, por “estar en contradicción con la Constitución Política y otras leyes de la República”. Luego, el 6 de marzo, la Asamblea Nacional aceptó el veto, con lo cual quedó aprobada la ley de colegiación tal como la propuso el presidente,
El Presidente Alemán argumenta que la ley “no impide el acceso de cualquier persona a los medios de comunicación social”. Contradictoriamente a esta declaración, el Art. 6 de dicha propuesta dicta que “para ejercer el periodismo o profesiones afines, será necesario contar con credencial del Colegio de Periodistas de Nicaragua…”.
Por lo tanto, la ley es persistentemente inconstitucional, dado que el artículo 66 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, afirma: “Los nicaragüenses tienen derecho a la información veraz. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas, ya sea de manera oral, por escrito, gráficamente o por cualquier otro procedimiento de su elección”.
La Declaración de Chapultepec es muy clara cuando manifiesta que la afiliación de los periodistas a cualquier asociación, ya sea gremial o empresarial, debe ser estrictamente voluntaria. Asimismo, la Declaración de Santiago declara que “el acceso a y el ejercicio del periodismo debe ser libre y sin limitaciones”.
Si realmente la creación del Colegio de Periodistas, es, “en esencia, un Proyecto de Ley regulador del ejercicio de una noble profesión y sus intereses gremiales”, como el presidente lo proclama, ¿por qué no regular también la noble profesión de los pintores, poetas, cantantes y dramaturgos? Y si escribir es un arte… ¿por qué a los demás profesionales del arte no se les exige también una credencial que les autorice pintar, escribir, cantar o actuar?
¡Yo sé por qué! Ya no es necesario. La pintura y el teatro dejaron de ser el único medio de comunicación, principalmente después que se inventó la imprenta: Hoy en día, la gente lee el periódico, sintoniza la radio, o ve televisión para informarse. ¿Para qué pues, regular una forma de expresión que entretiene y decora? No vale la pena molestarse. De todos modos, a los artistas no les interesa criticar la corrupción y los abusos de poder.
Precisamente, Nicaragua, la República del Doctor Pedro Joaquín Chamorro Cardenal, Mártir de las Libertades Públicas (sin título ni credencial para ejercer el periodismo), debería ser la última nación en el universo en aprobar una ley como ésta, violadora flagrante del derecho a la libertad de expresión, inherente al ser humano, como consecuencia de ser pensante.
(Con este artículo la autora está participando en un concurso de opiniones acerca de la Declaración de Chapultepec Sobre la Libertad de Expresión, organizado por la Sociedad Interamericana de Prensa SIP).