Desconfianza internacional con aviación nicaragüense

Consideran que en Nicaragua no hay control del estado de los aviones y el personal no está actualizado Mario Sánchez [email protected] El experimentado piloto Modesto Rojas, miembro de la Asociación de Pilotos de Nicaragua, explicó que la categorización que la FAA impuso a Aeronáutica Civil de Nicaragua (ACN), fue porque aquí no se ejerce ningún […]

  • Consideran que en Nicaragua no hay control del estado de los aviones y el
    personal no está actualizado

Mario Sánchez [email protected]

El experimentado piloto Modesto Rojas, miembro de la Asociación de Pilotos de Nicaragua, explicó que la categorización que la FAA impuso a Aeronáutica Civil de Nicaragua (ACN), fue porque aquí no se ejerce ningún control mecánico a los aviones, ni las tripulaciones están capacitadas técnicamente, y porque el personal de Aeronáutica supuestamente no está actualizado conforme los avances tecnológicos de la aviación.

Es decir que no se sabe si los aviones que proceden de Nicaragua están en perfecto estado mecánico y si la tripulación de las aeronaves está bien entrenada. “En Nicaragua hay Código de Aviación, pero no tiene reglamento”, afirmó Rojas.

Rojas explicó que la Categoría Uno se aplica a aquel país donde hay un estricto y perfecto control de la aviación. La Categoría Dos es cuando no hay ningún control legal y técnico de aeronaves.

En el caso de Nicaragua, dijo que el Código de Aviación Civil necesita actualizarse, pero que ya se está reglamentando, y adecuarlo a los avances tecnológicos de la aviación internacional y que Aeronáutica cuenta con un personal tecnificado y capaz.

Rojas explicó que debido a la falta de reglamento, la FAA y la OACI consideran que en Nicaragua no se realizan inspecciones a los aviones, que no hay registro de las inspecciones a los aviones, y que el personal de Aeronáutica no está capacitado para realizar el control de aeronaves.

Agregó que el personal técnico de Aeronáutica debe ser intocable como en Costa Rica, pero en Nicaragua es cambiado y destituido continuamente por motivos políticos. “Esto es perjudicial para el país porque no se puede desarrollar la aviación”, sostuvo.

REGLAMENTO ILEGAL

El reglamento del Código de Aviación fue elaborado durante el gobierno de la presidenta Violeta Barrios de Chamorro, por decreto ministerial o Resolución 11-95, del entonces titular del Ministerio de Construcción y Transporte (MCT), Pablo Vigil, y ni siquiera fue publicado en el diario oficial La Gaceta.

El gobierno de Nicaragua está en una carrera contra el tiempo ante la llegada de los expertos de la OACI, por lo que en un intento por “maquillar” el problema, el ejecutivo, y particularmente la Empresa Administradora de Aeropuertos, mantienen una campaña publicitaria, anunciando que Nicaragua tendrá pronto el más moderno aeropuerto internacional de Latinoamérica.

El doctor Edgard Buitrago, Director de Aeronáutica, confirmó que expertos de la OACI vendrán en el primer trimestre de este año para comprobar si el Código de Aviación ya fue mejorado y reglamentado.

Es decir que además de la degradación que la FAA (Aeronáutica de los Estados Unidos) impuso a Aeronáutica Civil de Nicaragua, la OACI, entidad de la Organización de las Naciones Unidas, también está presionando para que las autoridades nicaragüenses corrijan la falta de leyes y controles de la aviación.

Tanto la FAA como la OACI consideran que si en Nicaragua no hay leyes de aviación, tampoco habrá control riguroso del estado mecánico de los aviones de empresas nicaragüenses.

La FAA no permite que aviones nicaragüenses o de países degradados ingresen a los Estados Unidos. Teme que provoquen accidentes porque no se conoce el estado mecánico en que se encuentran.

Fue a inicios de los años 90, que la FAA degradó a Nicaragua y a otros países centroamericanos y de Latinoamérica, a la Categoría Dos; en C.A. sólo Costa Rica logró recuperar la Categoría Uno a un costo de 1.2 millones de dólares.

AERONAUTICA SIN LEY

– La Federal Aviation Administration (FAA) es la oficina de Aeronáutica de los Estados Unidos, pero debido a su liderazgo en la aviación internacional, categoriza a las autoridades de aviación civil de los países, no a las aerolíneas.

– La FAA fundamenta su trabajo en las normas de seguridad de aviación que exige la OACI, organización de las Naciones Unidas, fundada en 1944 en Chigado, Ilinois, Estados Unidos.

– El Código de Aviación de Nicaragua, elaborado en 1957, establece que la Dirección de Aeronáutica Civil está adscrita al Ministerio de Aviación que no existe.

– Debido al funcionamiento anómalo de Aeronáutica, durante el gobierno de Violeta Barrios de Chamorro, el entonces ministro del MCT, Pablo Vigil, emitió la resolución ministerial 11-95 del 27 de febrero de 1995, o Reglamento del Código de Aviación. Este es rechazado por la FAA y la OACI, porque lo consideran carente de valor legal.  

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