Eficiencia tributaria rezagada

El Impuesto sobre la Renta (IR) es el tercer tributo que mayores ingresos genera al erario público Juan Carlos [email protected] Una de las formas de medir el aumento de la eficiencia de la administración tributaria, es el incremento en las recaudaciones, por lo cual entre 1999 y el 2000, esta eficiencia no aumentó, según René […]

  • El Impuesto sobre la Renta (IR) es el tercer tributo que mayores ingresos genera al erario público

Juan Carlos [email protected]

Una de las formas de medir el aumento de la eficiencia de la administración tributaria, es el incremento en las recaudaciones, por lo cual entre 1999 y el 2000, esta eficiencia no aumentó, según René Vallecillo Quiroz, consultor fiscal.

Explicó que la eficiencia de la administración tributaria en Nicaragua, es ayudada por la reforma tributaria a ser más efectiva y profesional.

Además de existir un desarrollo en el sistema informático de la información tributaria que permite darle mayor seguimiento a los contribuyentes.

Dijo que en términos generales la recaudación del Impuesto sobre la Renta (IR), ha aumentado en el país, porque la economía ha estado creciendo en los último dos y tres años, entre el cuatro y el seis por ciento.

Pero que para medir un crecimiento real en las recaudaciones del IR, habría que quitar los efectos de la inflación y el crecimiento de la economía, según el consultor.

En 1999 las recaudaciones por IR anduvieron por el orden de los 973,6 millones de córdobas y se espera que en el 2000 sean de 1,083.7 (millones) de córdobas, según el Presupuesto General de la República de ambos años.

“La diferencia entre estas cifras es 110 millones de córdobas, lo que representa un 10 por ciento de incremento”, dijo Vallecillo. “Por lo cual, en términos reales entre estos dos valores, sí se le quita el efecto de la inflación y del dinamismo de la economía, no se ve un aumento en la eficiencia de la administración”, añadió.

“Aunque habría que ver cuáles serán las cifras reales de recaudación para este año, para así poder asegurar esto con más firmeza”, aseguró.

Agregó que el crecimiento económico se espera que este año sea del cinco o seis por ciento. Además la inflación podría oscilar entre el siete y ocho por ciento.

Caso contrario fue lo sucedido entre los años 1998 y 1999, cuando el crecimiento en las recaudaciones fue de alrededor de doscientos millones, según Vallecillo.

Pero en términos generales se ha avanzado en la eficiencia, sobre todo cuando hay la percepción de que el Gobierno es duro, según el consultor.

“El Gobierno se pelea con los distintos gremios, por lo cual cada sector trata de poner su barba en remojo y no dar motivos para que el Gobierno no les pase la cuenta”, expresó.

w ¿Qué es el IR?

El Impuesto sobre la Renta (IR) es un arancel directo, es decir es un impuesto donde se toma en cuenta la capacidad contributiva de la persona que tributa.

Este impuesto es pagado por las personas que tienen ganancias, utilidades e ingresos. Por esta característica el arancel del IR, es considerado uno de los impuestos más justo y equitativo.

En el ámbito centroamericano las tasas del IR oscilan entre el 25 y el 30 por ciento, Nicaragua tiene una tasa del 25 por ciento por lo cual se encuentra entre el promedio.

El IR, grava todo lo que es la utilidad neta o ingresos netos, es decir el ingreso total de la persona menos las deducciones permitidas por la Ley, como los gastos generales, publicidad y propaganda, sueldos y salarios, seguros, costos de bienes que se adquieren.

CARACTERISTICAS DEL COBRO

Para el especialista en materia fiscal, René Vallecillo, el crecimiento real de las recaudaciones demuestra que aún persiste la ineficiencia tributaria

* Grava con una tarifa progresiva que va del 0 al 25 por ciento dependiendo de los ingresos que tenga la persona.

* Las personas naturales pagan del 0 al 25 por ciento, mientras que las personas jurídicas (empresas) pagan una tasa “flat” del 25 por ciento independiente de cuál sea el monto de la ganancia.

* Para que una persona natural tribute el IR, tiene que tener un sueldo mensual mayor a los 4,166 córdobas, es decir ganar 50,000 córdobas al año.

* El IR, se calcula sobre la renta neta gravable del período fiscal y se declara en los tres primeros meses del año fiscal (julio, agosto y septiembre). El año fiscal está comprendido entre el primero de julio de un año al 30 de junio del año siguiente.  

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