Señora Alicia Vílchez de Zamora
Altamira D’Este II Etapa casa No. 315
En atención a su solicitud de revisar el monto de su pensión tengo a bien informarle que de acuerdo a las disposiciones contenidas en la Ley No. 160 “Ley que concede beneficios adicionales a las personas jubiladas” los montos de pensión de vejez concedidos por el INSS no podrán ser inferiores al monto del salario mínimo.
Sin embargo con el objetivo de proteger a los pensionados más vulnerables ante el incremento del costo de la vida, la actual administración del INSS decidió reajustar los montos de pensiones de Invalidez Total, Vejez e Incapacidad Total a la cantidad de C$900 mensuales.
Por lo que el monto de su pensión de viudez que actualmente es de C$166 mensuales será incrementado a C$450 mensual, debido a que el Art. 64 del Reglamento General a la Ley de Seguridad Social establece que el monto de las pensiones de viudez será el 50 por ciento del monto de pensión a que tendría derecho el asegurado fallecido.
Este reajuste será efectivo a partir del 1 de agosto del presente año.
Sin más que agregar,
RICARDO SERRANO Q.
Gerente General de Pensiones