Casi 14 años después de su deportación de Nicaragua, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) encontró responsable al Estado nicaragüense por la detención ilegal y arbitraria del estadounidense Jason Puracal. También señaló que él fue víctima de tratos crueles e inhumanos, según la sentencia publicada este 13 de agosto en San José, Costa Rica.
La Corte IDH ordenó el pago del Estado de 190,000 dólares como medida de reparación a Puracal y su familia. La cifra queda, por debajo, de los 447,888 dólares que gastaron al menos en los esfuerzos para su liberación, según las pruebas que aportaron al Tribunal.
En nombre de las víctimas, el abogado de la familia Puracal, Thomas Antkowiak, dijo a LA PRENSA, a través de correo electrónico, que «estamos muy contentos con la sentencia de la Corte. El señor Jason Puracal ha luchado durante 16 años para que se reconozca su inocencia. Por fin ha llegado el día«.
Antkowiak agregó que, desde el punto de vista internacional, se trata de una victoria legal completa para la familia.
Así estableció la Corte IDH la reparación a las víctimas
La Corte decidió entonces que 150 mil dólares sean para reparar el daño inmaterial y al proyecto de vida del afectado, especificados de esta manera: 50,000 a favor de Puracal, otros 30,000 a favor de su esposa y 40,000 para una de las hermanas y el hijo de la víctima. Para otros tres familiares ordenan la compensación de 30,000 dólares.
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Los otros 40,000 dólares corresponden a daños psicológicos y los dividieron de esta manera: 15,000 para contribuir a la reparación de daños físicos y psiquiátricos para el procesado, pero también 5,000 con el mismo objetivo para cada uno de estos miembros de su familia: su esposa, su hijo, su madre y dos hermanas. «La entrega de estas sumas no estará condicionada a la demostración efectiva, anterior o posterior a dicho acto, de la erogación de gastos médicos y/o psicológicos», afirma la sentencia en este tópico concreto.
La detención de Puracal ocurrió el 11 de noviembre de 2010 y lo deportaron casi dos años después. El Tribunal de Apelaciones de Granada declaró nulo el juicio, en que lo había condenado en primera instancia a 22 años de prisión por tráfico de drogas, crimen organizado y lavado de dinero. Ahora, en la sentencia de la Corte IDH, el representante de la familia solicitó que Nicaragua ofrezca una disculpa pública y que se eliminen los antecedentes penales de Puracal y su esposa.
Delitos cometidos contra el estadounidense
La Corte IDH declaró la violación a las garantías judiciales cometidas en el sistema nicaragüense. Se violó la presunción de inocencia, el derecho a la honra y dignidad, a la asistencia consular y a la protección judicial durante el proceso contra Puracal.
La sentencia fue firmada por el juez presidente, el brasileño Rodrigo Mudrovitsch. También participaron en la decisión la jueza vicepresidenta, Patricia Pérez Goldberg; el uruguayo Ricardo C. Pérez Manrique, la costarricense Nancy Hernández López, la argentina Verónica Gómez, el peruano Alberto Borea Odría, y el paraguayo Diego Moreno Rodríguez, de acuerdo con el comunicado de la Corte IDH.
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«(La Corte) subrayó las afectaciones a la vida privada por la realización de un allanamiento nocturno ilegal en presencia de su hijo mayor. La Corte también determinó que los hechos del caso impactaron también los
derechos de su esposa, su hijo mayor, sus hermanas y su madre», agregó el pronunciamiento.

La condena llega justo cuando el régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo, que está en el poder desde enero de 2007, es señalado precisamente por reprimir a opositores en Nicaragua, subordinando el Poder Judicial y el resto de las instituciones a los dictadores para imponer un Estado totalitario, carente de garantías para sus ciudadanos.
Cuando se dio el caso del estadounidense, el dictador tenía apenas tres años en el poder y buscó en 2011 un segundo mandato. Eso fue posible gracias a una sentencia de la Corte Suprema de Justicia en 2009, lo que le allanó su reelección.
Los hechos denunciados en el caso Puracal
La Corte IDH pone los puntos sobre las íes en el caso. De acuerdo con los jueces, los agentes llegaron con sus rostros cubiertos, cuando la Policía allanó durante la noche las oficinas de Puracal en 2010. Entonces incautaron bienes que no fueron devueltos. Ni siquiera contaban con una «orden judicial válida». La incursión en la propiedad se dio en presencia de los familiares del estadounidense, incluido su hijo de 3 años que padece discapacidad.
«El señor Puracal fue detenido y trasladado sucesivamente a la estación de San Juan del Sur, a la cárcel de Rivas, al Chipote y finalmente a La Modelo, sin registros claros de su paradero durante varios días», agregó el comunicado institucional. Ese fue el inicio del calvario judicial. Este duró 21 meses de encarcelamiento que cumplió en condiciones de hacinamiento, con acceso limitado a agua potable y sin una atención médica adecuada, según el tribunal.
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Los jueces señalan también que el proceso legal en contra de Puracal se desarrolló con múltiples retrasos y violaciones a las garantías del proceso hasta que se dio la anulación del proceso por el Tribunal de Apelaciones de Granada. Además de considerar ilegal y arbitraria la detención, la Corte IDH cuestionó la forma cómo fue realizada. Se dio la exhibición en las calles de San Juan del Sur a bordo de un vehículo policial.
La Corte estableció que su sentencia constituye, por sí misma, una forma de reparación y, adicionalmente, ordenó al Estado otras medidas de reparación que incluyen que adecue su ordenamiento jurídico en materia de prisión preventiva oficiosa, para que sea compatible con la Convención Americana y tomar las medidas necesarias para que las condiciones de las cárceles La Modelo y el Chipote sean «conforme a las normas internacionales de derechos humanos», sostuvieron.
La sentencia completa puede leerse en el siguiente enlace: caso Puracal. La Corte IDH da un plazo de seis meses al Estado de Nicaragua, a partir de la notificación, para publicar un resumen de esta sentencia en el diario oficial La Gaceta y también en un medio de amplia circulación nacional. Además, el documento judicial debe estar disponible durante un año en el Ministerio Público de Nicaragua y la Corte Suprema de Justicia, así como darle difusión en las redes sociales de ambas instituciones.