Diputados orteguistas aprobaron unánimemente la Ley que declara el 4 de mayo.

Dictadura aprueba ley para declarar el 4 de mayo como «Día de la Dignidad Nacional»

La nueva ley deja sin efecto el Decreto 1908 que establecía el 14 de julio como Día Nacional de la Bandera. Ahora, todo el país, incluyendo centros de educación públicos y privados, están llamados a celebrar este día

La dictadura de Daniel Ortega y Rosario Murillo, por medio de la aplanadora sandinista en la Asamblea Nacional, impuso oficialmente el 4 de mayo como «Día de la Dignidad Nacional y Día de las Banderas Nacionales». La iniciativa, presentada por la bancada sandinista, fue aprobada durante una sesión especial el domingo 4 de mayo en la Plaza Dignidad, en Tipitapa.

«Se cierra la votación y tenemos 91 votos a favor de los diputados presentes, más todo el pueblo que también levantó la mano a favor de esta iniciativa; cero en contra, cero abstenciones. Se aprueban, en lo general, la iniciativa presentada», dijo el diputado orteguista y presidente de la Junta Directiva de la Asamblea, Gustavo Porras.

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La iniciativa de Ley fue presentada además de Porras, por los diputados Arlen Alonzo, Amanda Pineda, María Haydée Osuna, Wilfredo Navarro, Alejandro Mejía Ferreti, Edwin Castro, Mario José Asencio Flórez, Lesther Flores y Loria Raquel Dixon. Antes de la votación indicaron que ya tenía la aprobación de la pareja de dictadores.

Diputados orteguistas durante la ceremonia. LA PRENSA / TOMADA DE EL 19 DIGITAL

El artículo 2 de la Ley deroga el artículo 35 del Decreto 1908, Ley sobre característica y uso de los Símbolos Patrios, que establecía el 14 de julio como el Día Nacional de la Bandera.

La Ley, que fue tramitada de urgencia para su votación, establece en su artículo 3 que el Gobierno Central, los Órganos del Estado, las Fuerzas Militares y Policiales, los centros de educación públicos y privados, medios de comunicación, gobiernos municipales y regionales, y la juventud organizada, «están llamados a celebrar en todo el territorio nacional el 4 de mayo el Día de la Dignidad Nacional y Día de las Banderas Nacionales».

Mientras el artículo 4 establece que la Ley entró en vigor desde el 4 de mayo de este año, «sin perjuicio a la fecha de publicación posterior en el Diario Oficial La Gaceta».

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