Un policía electoral en un Junta Receptora de Votos en una elección pasada en Nicaragua. LA PRENSA/Archivo

Más de 30 mil policías electorales para las próximas votaciones de Nicaragua

El Consejo Supremo Electoral informó este sábado que los policías electorales serán capacitados por la Policía Nacional sin detallar los aspectos del entrenamiento

El Consejo Supremo Electoral (CSE) informó este sábado de manera escueta en el Boletín informativo número 22, que la Policía Nacional junto con el organismo electoral «han dado paso a garantizar la capacitación» de más de 30,000 policías electorales, sin especificar el dato.

Los policías electorales estarán presentes en las 13,459 Juntas Receptoras de Votos (JRV) que funcionarán en todo el país para las votaciones del próximo 7 de noviembre.

Del 20 al 27 de septiembre fue el período en que el Ministerio de Gobernación recibió solicitudes de ciudadanos que querían ser policías electorales, según anunció el CSE el pasado 16 de septiembre.

Los requisitos eran: ser nicaragüense, haber cumplido 18 años, saber leer y escribir, estar apto física y mentalmente, y no poseer antecedentes penales.

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Los más de 30 mil seleccionados serán capacitados por la Policía Nacional, una institución caracterizada por una pública simpatía con el partido gobernante Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN), que encabeza Daniel Ortega.

Funciones del policía electoral

Entre las funciones de los policías electorales está «acudir debidamente uniformado al recinto de votación; además, garantizar el orden público durante el sufragio electoral, en la fila y entorno correspondiente».

El policía electoral debe permanecer en la parte externa de la Junta Receptora de Votos (JRV) desde el momento en que esta se constituye hasta que finalice el escrutinio.

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También debe consultar con el presidente de la JRV el ingreso de observadores electorales nacionales e internacionales, magistrados y funcionarios del CSE debidamente identificados y acreditados.

En el caso de los observadores, el CSE ha oficializado que en las próximas votaciones se autorizará la participación de «acompañantes» electorales, anulando así la participación de la observación nacional e internacional.

Custodiar el material electoral desde su salida del Consejo Electoral Municipal (CEM) hasta la JRV y posteriormente en su retorno.

Solicitar a los fiscales de los partidos políticos y observadores electorales sus respectivas credenciales e informar de su presencia al presidente de la JRV y los hará pasar cuando este lo haya autorizado.

No permitir la entrada al recinto de ciudadanos que porten armas de fuego o cualquier tipo de arma cortopunzante.

Revisar los bolsos o mochilas que porten los ciudadanos, para prevenir que se introduzca en el local algún tipo de arma o propaganda electoral.

No permitir la entrada al recinto de ningún ciudadano que se encuentre en estado de ebriedad.

No permitir el ingreso de personas con propaganda proselitista de los partidos.

Prohibiciones

Se prohíbe a la Policía Electoral abandonar su puesto y entrar al local de la JRV, salvo que sea autorizado por el presidente de la misma; realizar cambio de puesto con otro policía electoral.

También tienen prohibido dar opinión o criterio con respecto a candidatos de los distintos partidos políticos, portar o aceptar algún tipo de propaganda política, brindar declaraciones u opiniones a observadores nacionales e internacionales, así como a periodistas de la prensa nacional y extranjera.

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COMENTARIOS

  1. Hace 5 años

    Y quien va a votar?

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