La Constitución Política de Nicaragua indica que “al Poder Electoral corresponde en forma exclusiva la organización, dirección y vigilancia de las elecciones, plebiscitos y referendos”. El Poder Electoral está integrado por el Consejo Supremo Electoral (CSE) y demás organismos electorales subordinados.
El 12 de agosto de 2021 se publicó en Nicaragua Compra —portal único de contratación del Estado—, específicamente en el Programa Anual de Contrataciones (PAC) 2021, una compra que realizará el CSE por la suma de siete millones, setecientos cincuenta mil, ciento veinte con 88 centavos de córdobas (C$7,750,120.88) para la adquisición de chocolates, azúcares, edulcorantes y productos de confitería. El procedimiento se efectuará mediante una contratación simplificada. En mayo de 2021, se presupuestó cuatrocientos noventa y seis mil, ciento veinte córdobas (C$496,120.00) para la adquisición del mismo rubro.
El artículo 49 del Reglamento de la ley de Contrataciones Administrativas del Sector Público, ley número 737, publicado en La Gaceta Diario Oficial N°s. 239 y 240 del 15 y 16 de diciembre del 2010, establece que “la planificación de las Contrataciones debe ser coherente con la planificación estratégica de la propia entidad contratante y responder a los objetivos estratégicos, misión y visión de la misma en función de los cuales se programarán y efectuarán las adquisiciones y contrataciones de la misma”. Entonces, si el CSE organiza y vigila las elecciones, plebiscitos y referendos, ¿con qué fin comprará chocolates y dulces si esta adquisición no responderá a sus objetivos, misión y visión?
Otro aspecto a destacar es que el gasto que realizará el CSE será mediante una Contratación Simplificada que es: “El procedimiento que, con independencia del monto, debe observarse para la selección del contratista particular en aquellas situaciones taxativamente señaladas por la Ley” (Artículo 27.2 Ley número 737; publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 213 y 214 del 8 y 9 de noviembre de 2010). Este procedimiento de contratación se puede realizar en los siguientes casos específicos (Artículo 58 Ley 737): Las contrataciones que realice la Policía Nacional y Ejército Nacional, con fines exclusivamente policiales y militares respectivamente; en situaciones de emergencia o calamidad pública; cuando hubiere un proveedor único en el mercado; en contratos de servicios profesionales; cuando la contratación tenga por objeto trabajos artísticos, entre otros”.
En el caso concreto de la compra de dulces y chocolates en ningún momento se justifica que la excesiva adquisición sea mediante una contratación simplificada, porque no cumple con lo estipulado en el artículo 58 de la ley antes mencionada. En todo caso, la adquisición debería efectuarse mediante una licitación pública que “es el procedimiento que debe observarse para la selección del contratista particular en aquellas contrataciones que superen los tres millones de córdobas (C$3,000,000.00). El número de oferentes o licitadores es ilimitado, dado que pueden concurrir a ella todas aquellas personas naturales o jurídicas…”. La licitación pública es un proceso extremadamente transparente y competitivo.
No es usual que una institución como el CSE dedique esa cantidad de presupuesto para comprar chocolates, lo lógico es que las compras sean realizadas según el trabajo que realiza cada institución. En el año 2019 el Observatorio Pro Transparencia y Anticorrupción denunció la compra de café y azúcar por el monto de seiscientos mil córdobas (C$600,000.00), presupuestado en el PAC de la Contraloría General de la República (CGR).
Uno de los graves problemas que existe en Nicaragua es la falta de fiscalización de los bienes y recursos del Estado. La fiscalización es un componente primordial en toda democracia porque permite conocer si los recursos públicos son bien administrados. En nuestro país corresponde a la CGR fiscalizar los bienes y recursos públicos del Estado, pero la institución no realiza correctamente su trabajo y así ha quedado evidenciado en la publicación de su Informe de Gestión Anual publicado en 2021 donde refleja que dejó de auditar a 104 instituciones del Estado, de las 252 existentes.
La autora es abogado y notario público, especialista en análisis de corrupción por la Universidad de Salamanca, España.