Con el repentino y sensible fallecimiento de Mauricio Herdocia Sacasa, Nicaragua pierde a uno de sus más eminentes juristas especializados en Derecho Internacional. En 2009 tuve el honor de presentar su libro El Principio Emergente de la Solidaridad Jurídica entre los Estados.
Y digo que fue un privilegio, por cuanto el doctor Herdocia Sacasa ya había demostrado su maestría en el dominio del Derecho Internacional con sus libros anteriores: La Obra de la Comisión de Derecho Internacional de las Naciones Unidas en el quinquenio 1997-2001. El aporte global de América Latina, Soberanía Clásica: Un principio desafiado ¿Hasta dónde? y Demolición del Meridiano 82, esta última en colaboración con el excanciller Norman Caldera.
La trayectoria de Mauricio Herdocia fue brillante: alto funcionario de la cancillería nicaragüense, tuvo una importante participación en los procesos de pacificación y democratización a nivel centroamericano, a través de los procesos promovidos por el Grupo de Contadora, el Grupo de Apoyo, la OEA y las Naciones Unidas. A raíz de los Acuerdos de Esquipulas II de 1987, impulsó la nueva ronda de integración regional que dio origen a los actuales instrumentos del Sistema de la Integración Centroamericana, del que fue secretario general. Fue, además, asesor para los juicios entablados por Nicaragua ante la Corte Internacional de Justicia y agente de Nicaragua ante dicho tribunal; miembro de la Comisión de Derecho Internacional de las Naciones Unidas, donde se esforzó por dar relieve al aporte de América Latina. En el año 2003, fue electo, a título personal, para integrar el Comité Jurídico Interamericano de la OEA, cuya Presidencia llegó a desempeñar, siendo el único nicaragüense que ha logrado alcanzar tan elevada posición. Su sobresaliente desempeño en esta Comisión le valió ser reelecto como miembro de la misma para el período 2008-2011; al momento de su fallecimiento era rector del American College, donde promovió interesantes debates sobre la realidad que enfrentamos.
Sobre el libro de Herdocia, el entonces secretario general de la OEA, Baena Soares, afirmó lo siguiente: “El planteamiento clave de Herdocia es dar ‘dimensión jurídica vinculante’ a la solidaridad, concepto humanista por excelencia”. Otro planteamiento clave que comenta Baena Soares, que ya fue antes ampliamente analizado por el doctor Herdocia en una de sus obras anteriores, son los límites que el nuevo Orden Público Internacional impone al concepto clásico de soberanía.
En su libro Herdocia propuso traer a la superficie del Derecho Internacional un tema emergente surgido de las “profundidades mismas donde se incuba su sentido humanista y trascendente”: el principio emergente de solidaridad jurídica que el autor define así: “La solidaridad jurídica es el principio emergente que, trascendiendo la simple cooperación entre Estados, significa la capacidad de actuación de Estados que no son los directamente lesionados en defensa de valores, principios y normas que conforman las bases de un nuevo Orden Público Internacional”.
Los cambios que experimenta la sociedad contemporánea, la aparición de fenómenos como la globalización, las sociedades del conocimiento y los acelerados avances en el campo de las comunicaciones y la información, han acercado a los Estados. Esta realidad acrecienta la producción normativa en los organismos internacionales y genera un proceso inverso de acercamiento y convergencia entre los regímenes internos y el Derecho Internacional, cuyo objeto ha sufrido una radical ampliación.
Es, en esta marejada de acontecimientos, afirma el autor, donde emerge un nuevo principio en la sociedad contemporánea: el principio de solidaridad jurídica entre los Estados que, según el autor, “reafirma la base de humanidad sobre la cual reposa cada vez más el Derecho Internacional”. Y esa base, sostiene el doctor Herdocia, es la Solidaridad “como principio que adquiere una creciente dimensión jurídica vinculante y que convoca la acción colectiva ante intereses que trascienden el Estado individualmente considerado”.
Y para explicarse mejor, el autor agrega: “En tal principio subyace la idea de que otros Estados, distintos al de las víctimas directas e inmediatas, pueden invocar y reclamar también para sí un derecho de responder por las heridas que —aunque infringidas a cuerpo ajeno en el Estado o poblaciones lesionadas directamente— sangran en el tronco de nuestra humanidad común o de los intereses colectivos esenciales de un grupo de Estados”.
Estos conceptos forman parte del valioso legado jurídico de Mauricio Herdocia, que hoy día adquieren gran relevancia.
El autor es jurista y catedrático.