Hace algunos días me fue publicado en esta misma sección de LA PRENSA, un artículo en el cual afirmé que la muerte de la magistrada de la Corte Suprema de Justicia de EE.UU., Ruth Bader Ginsburg (RBG), abrió una vacante que los republicanos perfectamente pueden y deben llenar. Desde entonces he recibido comentarios de felicitaciones y de reclamos, dependiendo de la afinidad a uno u otro de los dos principales partidos de EE.UU., o simplemente del apoyo (u odio) que expresan hacia el actual presidente de esa nación.
Como expliqué a todos ellos, el artículo anterior trató sobre las razones por las cuales la vacante se PUEDE llenar; aclarando que, además de ser un deber constitucional, no existe ninguna ley o “norma” tradicional que lo prohíba (y que más bien las normas tradicionales y precedentes históricos lo respaldan). Ahora cabe analizar algunas de las razones por las cuales se DEBE llenar la vacante (más allá de la obligación constitucional).
Quizás vale la pena empezar por recordar que la Declaración de Independencia de EE.UU. establece los preceptos fundamentales del gobierno estadounidense; resaltando que Dios otorga ciertos derechos inalienables a cada individuo, que esos derechos inalienables son los que producen la igualdad entre dichos individuos, y que el gobierno existe ante todo para proteger esos derechos. Es decir, las leyes hechas por los hombres y mujeres (los legisladores) deben ser consistentes con los derechos naturales dados por Dios y, en caso de que los primeros entren en conflicto con los últimos, los derechos naturales e inalienables siempre deben prevalecer. En consecuencia, los fundadores de EE.UU. reconocían la existencia de la ley moral (la cual se desprende de lo que ellos llamaron “la Ley de la Naturaleza y la Ley del Dios de la Naturaleza”); así como la necesidad de que el gobierno estadounidense operará únicamente con el consentimiento de los gobernados. Para este fin, la Constitución de EE.UU. contiene entre sus principios fundamentales: gobierno limitado, separación de poderes, federalismo, libertad individual y Estado de derecho.
Ahora bien, si el Estado de derecho es uno de los pilares de la república constitucional; un poder judicial “activista” que usurpa poderes intencionalmente reservados a los gobernados a través de otras ramas del gobierno (pretendiendo legislar desde el estrado para avanzar agendas partidarias que “su partido” no logra aprobar en los órganos legislativos correspondientes), es indudablemente una amenaza grave al orden constitucional. Los republicanos han nombrado y confirmado —y pretenden hacerlo nuevamente— jueces que respetan el Estado de derecho, como se deriva de la Constitución y la Declaración de Independencia; lo cual permite, consecuentemente, respetar los derechos inalienables ya citados, incluyendo el derecho a la libertad y a la vida.
Solo a través del nombramiento de jueces originalistas (a diferencia de jueces “activistas”) pueden los tribunales llegar a considerar adecuadamente y revertir —en los casos que estimen sea apropiado según la correcta aplicación de la norma constitucional— una larga lista de decisiones “activistas”. Esa lista posiblemente incluya Roe v. Wade, United States v. Windsor, Obergefell v. Hodges, Texas v. California; que son sentencias en las que claramente han usurpado las facultades del poder legislativo (reservado a los congresistas y a los legisladores de los estados). Dicha usurpación a la vez ha venido socavando las protecciones constitucionales y ampliando el alcance del poder judicial, a expensas de los gobernados y de sus representantes electos; despojándolos así del poder que deben gozar para gobernarse a sí mismos.
La protección de los derechos y libertades de los gobernados requiere una correcta interpretación de la separación de poderes que ordena la Constitución, reconociendo el rol del poder legislativo en cuanto a la creación de leyes y la regulación (y limitación) a los poderes que actualmente se recetan las agencias de gobierno (los cuales nacen de la excesiva delegación de la función legislativa que el Congreso año tras año ha cedido a estas). Vale la pena recordar que un gobierno cada vez más grande obligatoriamente terminará por exceder la autoridad constitucional y violar la separación de poderes.
En fin, el Ejecutivo debe proponer —y el Senado debe confirmar— jueces que interpreten la Constitución y la respeten; particularmente los derechos inalienables de los gobernados y lo recogido en la novena enmienda de la Carta de Derechos (“Bill of Rights”): que el gobierno nacional deriva su poder de los gobernados y que todos los poderes no delegados al gobierno son retenidos por el pueblo. EE.UU. —para el bien de esa nación y de sus ciudadanos— necesita que la Corte Suprema de Justicia cuente con jueces que realmente crean en la Constitución como el documento fundacional de ese país; escrita no como un convenio ambiguo y flexible, sino como un acuerdo perdurable. Las adiciones de los magistrados Gorsuch y Kavanaugh, y próximamente de la juez Amy Coney Barret, apuntan todas a fortalecer el bloque de tendencia conservadora y originalista en dicha corte. Ojalá así sea, pues EE.UU. necesita jueces que reconozcan que el sistema constitucional de gobierno limitado, separación de poderes, federalismo, libertad individual y estado de derecho debe ser preservado y cuidado para las generaciones futuras; tanto de ese país como también de los países que vemos en EE.UU. un ejemplo a seguir en cuanto a democracia, libertad y esperanza.
El autor es abogado y notario público, socio director de García & Bodán (Managua, Nicaragua) y director regional de la Práctica Corporativa y Transaccional.