En LA PRENSA de ayer miércoles y hoy jueves, nuestro periodista de investigación Moisés Martínez ha presentado un amplio reportaje sobre el caso del señor Silvio Argüello Herdocia, quien denuncia ser víctima de una doble agresión del Estado orteguista: en su propiedad y en su empresa privada.
El señor Argüello Herdocia denuncia el cercenamiento de su propiedad por disposición arbitraria de la Procuraduría, la cual alega supuestos derechos del Estado porque dicha propiedad fue confiscada en 1979 por la dictadura sandinista, pero devuelta en los años de la democracia. Además, la Policía ha ocupado la empresa de materiales de construcción, Silico, establecida en la misma propiedad de Herdocia, paralizando su actividad productiva y causándole cuantiosas pérdidas adicionales.
Los detalles de esta denuncia de abusos del régimen contra la propiedad privada y la libre empresa, se pueden conocer en el documentado reportaje del periodista Martínez, publicados en los formatos de papel y digital de LA PRENSA. Lo que queremos en este editorial es señalar que el caso de Argüello Herdocia es solo uno de los muchos abusos del régimen contra la propiedad, la mayor parte de los cuales no sale a luz por temor de las víctimas a denunciarlos. Sin embargo, los pocos casos que es posible conocer gracias a la valentía de quienes se atreven a denunciarlos, demuestran la falsedad del discurso oficial sobre el respeto a la propiedad y la empresa privada. Y prueban que no es por casualidad que Nicaragua ocupa el lugar 124 en el ranking de respeto a la propiedad, del Índice de Competitividad Global 2016-2017.
El derecho de propiedad y de empresa privada es una de las conquistas más importantes de la humanidad. De hecho es la base de la civilización y condición del progreso económico y social y el desarrollo humano.
El principio de la función social de la propiedad, que es ampliamente reconocido en la actualidad, no niega de ningún modo la inviolabilidad del derecho de propiedad, la cual solo puede ser afectada de manera excepcional por motivo de legítimo interés público, mediante ley dictada con criterio de razonabilidad y con justa indemnización.
La Constitución Política de Nicaragua reconoce el derecho de propiedad privada y de libertad de empresa. Inclusive después de la regresiva reforma constitucional orteguista de 2014, que incluyó en el texto constitucional el disparate de que la nación nicaragüense es “socialista”, la Constitución reconoce en su artículo 5 el derecho de propiedad privada y señala que esta debe ser garantizada y estimulada. Y en el artículo 99 consigna la responsabilidad del Estado de proteger la propiedad privada, señala que “el ejercicio de las actividades económicas corresponde primordialmente a los particulares” y reconoce “el rol protagónico de la iniciativa privada”.
Sin embargo, en la realidad muchos propietarios y empresarios afrontan graves problemas como el del señor Argüello Herdocia, con la diferencia de que este es uno de los pocos que los denuncian públicamente.
Y reclaman justamente que su derecho debe de ser respetado porque así lo manda la ley, no por el favor de alguien que tenga una relación privilegiada con el poder político.