Ante la necesidad de mejorar la regulación y marco jurídico aplicable así como solucionar problemas específicos que se han presentado en el sector, en la sesión del 14 de abril de 2015, diversos legisladores, presentaron la Iniciativa con proyecto de Decreto que expide la Ley de Ahorro y Crédito Popular así como reforma que adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
Le comento estimado lector que dicha Iniciativa señala como uno de los puntos medulares que las entidades financieras reguladas por la Ley de Ahorro y Crédito Popular y la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, se detectaron las siguientes problemáticas: No existe una definición formal del objeto de las sociedades que regulan; Se han incrementado significativamente el número de cooperativas básicas sin que estas se encuentren reguladas y supervisadas por las autoridades; No existe un gobierno corporativo robusto como sí lo hay en otros intermediarios financieros que se dedican a captar recursos y destinarlos al otorgamiento de créditos y; La regulación prudencial por nivel de activos no es adecuada para regular el riesgo de un intermediario; entre otros.
Asimismo se menciona que la Iniciativa tiene prevé 3 ejes fundamentales que son: Contar con un sector popular eficiente y sólido; Fortalecer los mecanismos de supervisión, atendiendo a las particularidades de las sociedades financieras populares y sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, así como el fortalecimiento de las facultades de las autoridades y; Mejorar la protección de los ahorradores.
Por lo que se refiere a la Ley de Ahorro y Crédito Popular la Iniciativa propone expedir una nueva ley con las siguientes características: Eliminación de las sociedades financieras comunitarias básicas, y de los Organismos de Integración Financiera Rural; Suprimir la función de supervisión auxiliar de las sociedades financieras populares por parte de las Federaciones, sin perjuicio de que puedan continuar prestando servicios de valor agregado como organismos autorregulatorios; Eliminar los niveles de operaciones de las sociedades financieras populares. Se ajusta la Ley para diferenciar la regulación de éstas en función de las operaciones que realicen y con una regulación de capitalización con un enfoque basado en riesgos.
También se prevé actualizar el sistema de acciones correctivas tempranas; Robustecer las facultades de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para decretar la intervención de las sociedades; Crear un “Fondo de Ahorro Popular” para la administración del seguro de depósitos y extinguir el “Fondo de Protección de Sociedades Financieras Populares y de Protección a sus Ahorradores” y; Aumentar las penas pecuniarias y privativas de la libertad en determinados tipos penales e incluir nuevas conductas que se considerarían delictivas, al tiempo de establecer responsabilidades para los accionistas.
Sin duda la nueva regulación aquí comentada contempla aspectos muy importantes que de ser aplicados de forma adecuada, fortalecen y protegen a un sector que incorpora al ahorro formal a amplios sectores de la sociedad y que es una alternativa accesible y disponible para personas con un perfil de ahorros o crédito específico. Samuel Johnson, una de las figuras literarias más importantes de Inglaterra dijo: El hombre que sabe gastar y ahorrar es el más feliz, porque disfruta de ambas cosas. ¿Qué opinas estimado lector?
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