Moisés Martínez
[/doap_box][doap_box title=”“Coicsa no me pertenece”” box_color=”#336699″ class=”aside-box”]
“No me pertenece. No tengo ningún vínculo con esa empresa. Conozco a sus dueños, de los cuales soy amigo. También soy amigo del diputado Jasser Martínez, pero no tengo ningún negocio con él. Usted sabe que la gente siempre dice cosas, pero no por eso tiene que ser la verdad”, respondió el diputado Matute Castellanos.
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La Empresa de Construcciones y Consultorías (Emdeco), de Jasser Martínez Montoya, diputado suplente del Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN) y exdirigente de la Unión Nacional de Estudiantes de Nicaragua (UNEN), con conocimiento del Ministerio de Educación (Mined), violentó la misma Ley de Contrataciones del Sector Público, al arrendar el total del contrato referido al proceso de adjudicación 60-2013 a la empresa Construcciones de Obras de Ingeniería Civil (Coicsa).
La sanción por dicho incumplimiento tendría que ser la anulación del contrato de Emdeco con el Mined.
En Ocotal, que es donde se registran las operaciones de Coicsa, se asegura que esta constructora pertenece al diputado sandinista César Matute Castellanos, quien representa a Nueva Segovia. Esta empresa ha ejecutado varios proyectos para la Alcaldía de Ocotal.
Cinco centros educativos de Nueva Segovia fueron adjudicados por el Mined, a través de la contratación simplificada 060-2013 a Emdeco.
Este proceso del Mined es el contrato de mayor cuantía que se le ha adjudicado a la constructora del diputado suplente rojinegro: 48 millones de córdobas, según documentación en poder de LA PRENSA. Emdeco a su vez subcontrató a Coicsa para realizar toda la obra
NO SE PUEDE SUBCONTRATAR TODA LA OBRA
Rodolfo Pérez García, experto en temas de contrataciones públicas, explicó que la Ley 737 de Contrataciones del Estado es clara en establecer que las empresas que fueron favorecidas con contratos en el sector público, solo pueden subcontratar partes de las obras adjudicadas, no las obras completas.
“Solo se puede transferir toda la obra si es a través de una readjudicación total del contrato y con la venia de la institución del Estado que ofertó el contrato, en aras del bien público, o a través de una resolución motivada por el comité de evaluación. En el caso de subcontrataciones parciales, nunca la empresa contratada principal puede eximirse de sus responsabilidades por el incumplimiento de la empresa subcontratada. Es como una fianza solidaria frente al Estado. Por ello, las sanciones son contra la empresa principal que se le adjudicó el contrato”, explicó Pérez García.
“La falta de cumplimiento del calendario de la obra es suficiente motivo para rescindir el contrato. Esto permite al Estado ejecutar la garantía de cumplimiento de la obra y comenzar a aplicar un porcentaje de multa hasta completar el diez por ciento del valor de la obra. Desde hace mucho se debió haber hecho un llamado de atención por escrito de parte del Comité de Evaluación del Mined sobre los retrasos ocurridos en este proceso”, añadió Pérez García.
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