La Sala Civil del Tribunal de Apelaciones de Bilwi, ciudad cabecera de la Región Autónoma Atlántico Norte (RAAN), rechazó dar trámite al recurso de amparo introducido por el partido regional indígena Yatama, en contra de la elección del sandinista Carlos Alemán Cunningham como nuevo gobernador o coordinador del Gobierno Regional en la RAAN.
Según Refren Paisano, asesor legal de Yatama, el Tribunal consideró que la demanda interpuesta por ellos es en contra de un asunto electoral, por lo cual no aplica un recurso ordinario ni extraordinario contra esto. Sin embargo, Paisano aseguró que ahora continuarán con el recurso ante la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), en Managua.
El argumento de Paisano es que la Sala Civil no tiene ningún fundamento en rechazar el recurso porque la elección del gobernador no es un asunto electoral, sino un acto meramente administrativo.
¿HUBO O NO DESTITUCIÓN?
Yatama reclama que la elección de Alemán Cunningham es ilegal porque el cargo de coordinador de Gobierno Regional era ocupado por la diputada Eveling Taylor, cuyo período concluye en 2016.
Según Paisano, si querían elegir a un nuevo coordinador antes tenían que destituir a Taylor.
“Pero para destituirla debían presentar una prueba de que ella hubiese cometido alguna falta para dejar el cargo”, agregó Paisano.
El asesor legal de Yatama también reclama que el pasado 4 de mayo, la Junta Directiva del Consejo Regional de la RANN eligió al diputado suplente Juan Saballos Osorno, como primer vicepresidente del Consejo Regional, pero por ley este le correspondería a la diputada propietaria Loria Raquel Dixon, actual segunda secretaria de la Asamblea Nacional.
“Si nos apegamos a la Ley, este espacio le correspondería a los consejeros o diputados propietario, no a un suplente”, sostuvo.
Según el Estatuto de Autonomía de la Costa Atlántica, corresponde a los consejeros elegir de entre ellos al coordinador regional y sustituirlo en su caso.
4
años es el período que duran los consejeros regionales en sus cargos, según la Ley Electoral, aunque en la reciente reforma a la Constitución el período se extendió de cuatro a cinco años.
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