LA PRENSA realizó un recorrido por las tres principales oficinas de rentas de Managua, Dirección de Grandes Contribuyentes, Administración de Rentas de Sajonia y las oficinas centrales de la DGI, y en todas el personal de seguridad intentó impedir realizar el trabajo. Tampoco la administraciones dieron declaraciones. LA PRENSA/ J. TORRES

Declarar el IR fue “dolor de cabeza”

Los 40 mil contribuyentes de Nicaragua experimentaron problemas para declarar sus Impuestos sobre la Renta como dificultades técnicas en la Ventanilla Electrónica Tributaria de la Dirección General de Ingresos. En otros casos no pudieron obtener las deducciones correspondientes.

Lucía Navas

Inconformes y temerosos de ser multados salieron muchos contribuyentes de las oficinas de rentas de la Dirección General de Ingresos (DGI), ante los problemas que enfrentaron en el proceso de la declaración y pago anual del Impuesto sobre la Renta (IR), que venció este lunes 31 de marzo.

Tener que ir a buscar un cibercafé o regresar a sus empresas para ingresar al sitio electrónico de la DGI para llenar e imprimir los documentos, fueron algunas de las situaciones presentadas.

“Me dicen que tengo que entrar a la página web (de la DGI) y debo llenar e imprimir una colilla para ir al banco a pagar”, contó Jorge Larios, al salir de la oficina de Administración de Rentas de Sajonia, en Managua.

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Las firmas que representan a las empresas que no se les aceptó la deducción de sus pagos mínimos en la declaración anual del Impuesto sobre la Renta (IR), se preparan para presentar recursos de reclamos en las administraciones de rentas.

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Pese a los reclamos de los contribuyentes por los problemas causados por el personal y el sistema electrónico de la Dirección General de Ingresos (DGI), el director de Ingresos, Martín Rivas Ruiz, no extendió el plazo para cumplir con la declaración anual del IR.

Para el economista Adolfo Acevedo “sería una barbaridad que no se extienda el plazo” porque las complicaciones en el proceso de declaración causaron que muchos contribuyentes incumplieran, y por tanto serán multados.

La Ley de Concertación Tributaria dice que si “uno no cumple con declarar sus impuestos en el plazo establecido hay sanciones para el contribuyente, y son multas fuertes”, menciona Acevedo.

Por ejemplo, si usted se atrasa un día en declarar la retención y anticipos son 1,750 córdobas por día de multa. Acevedo recordó que la DGI retrasó el formulario y solo hubo 22 días calendario para declarar el IR anual y no los 31 días que tiene marzo.

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Para Larios, este tipo de complejidades no deben existir “ porque uno viene aquí (a rentas) supuestamente más rápido el trámite, pero ahora tengo que regresar a la oficina, imprimir el documento y regresar al banco”. “Es una pérdida de tiempo”, se quejó.

Para él lo conveniente a fin de superar los atrasos es que en las mismas oficinas de rentas se faciliten los documentos en físico para que el contribuyente los llene y complete el trámite.

SOLO VÍA VET

Conforme a la Ley de Concertación Tributaria (LCT) y su reglamento, es responsabilidad de la Administración Tributaria suplir los formularios “al precio que determine” a fin de que el contribuyente lo pague y pueda presentarlo físicamente. No existe en la ley la obligación de usar exclusivamente la Ventanilla Electrónica Tributaria (VET).

Sin embargo, los casi 40 mil contribuyentes registrados fueron forzados por las autoridades de la DGI a declarar el IR anual vía VET, pese a los problemas técnicos que sufrió.

Larios justificó haber dejado hasta el último día para hacer el pago de impuestos precisamente porque el sitio electrónico de la DGI “tiraba errores” y en su declaración le “salían sobregiros y hasta que la página se actualizó”, lo logró.

MÁS PEGONES

En el caso de Óscar Duarte obtener la solvencia fiscal para demostrar a la DGI que no tuvo actividad comercial el último año, y por tanto no debe impuestos, fue todo una odisea. Tener que hacer los trámites en la VET para Duarte fue complicado, porque reconoce que poco sabe del manejo de las computadoras.

“Me bachilleré hace 30 años y poco sé de computadoras y se me hace difícil, y tuve que recurrir a un abogado para que me haga el papeleo y le pagué 1,500 córdobas”, dijo Duarte.

Sumado a esto está la burocracia que impone el personal de Ingresos. A Duarte le indicaron que para extenderle la solvencia fiscal debía presentar fotocopias de las tres primeras páginas del libro donde lleva su contabilidad, fotocopia del número de Registro Único de Contribuyente (RUC), de su cédula de identidad junto a una carta de solicitud a la administradora de Renta de Sajonia.

Y luego de presentar todo ese papeleo debe esperar 48 horas para conocer la decisión de si le extienden o no la solvencia fiscal “para tener una muestra que no les debo nada” de impuestos, afirmó Duarte.

PAGAR SÍ SE PUDO

En la Dirección de Grandes Contribuyentes en Managua para las empresas lo único fácil fue el último paso de la declaración; efectuar el pago del IR correspondiente, que sí se pudo hacer en las ventanillas de la oficina.

Anielka Pavón, de la firma Deloiite Nicaragua, explicó que tardó hasta dos semanas para completar el trámite de la declaración por medio de la VET de varias empresas a las que representan.

Pavón igual se quejó de los problemas electrónicos con el formulario de declaración anual del IR.

“Cuando presento la declaración la tengo que imprimir en el mismo instante, si no lo hago luego ya no me la da (el sistema). También al momento de presentar la declaración con ciertas compañías me dio el problema que me remite a la administración de rentas para lo de los activos fijos, no me deja registrar lo que son los gastos de depreciación”, relató Pavón.

Por hacer las deducciones de los anticipos mensuales igual tuvieron que ir la administración de rentas “para que nos resolvieran porque nos dio problemas con los créditos fiscales”.

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COMENTARIOS

  1. Maria Eugenia Largaespada
    Hace 12 años

    Que barbaridad, nunca se habia visto tanto desorden en esa institucion, los funcionarios demuestran incapacidad e irresponsabilidad.

    Segun la Ley de Concertación Tributaria (LCT) y su reglamento, es responsabilidad de la Administración Tributaria suplir los formularios pueda presentarlo físicamente. No existe en la ley la obligación de usar exclusivamente la Ventanilla Electrónica Tributaria (VET). Que irresponsabilidad de la DGI !!!

  2. juan ramon
    Hace 12 años

    el problema està en que cuando se da un error en la declaracion ya sea esta por el sistema te genera la multa automaticamente por defecto. y luego toca ir a lidiar con las personas que responsables tabajadoras e la DGI para ver si te quieren dispensar la multa.

  3. Geronimo Amador
    Hace 12 años

    A estos señores de la DGI no se les entiende, si quieres declarar el IR Anual es a través de la VET, pero si quieres hacer una Declaración IR Anual Sustitutiva no la puedes hacer, no te permite la VET. tiene uno que ir a la Administración de Renta. Estamos como dice el dicho si te corres te tiro y si te quedas te mato.

  4. jorge
    Hace 12 años

    Saludes,aquí en CR. Tributacio Directa debe dar las herramienta disponibles para la presentación de los formularios de renta y ventas,tenemos derecho a las declaratorias correctivas las cuales derogan las multas e intereses,siempre y cuando se demuestre con documentación el ajuste en la oficina de Hacienda,pero lo principal es que se tenga personal capacitado por el gobierno para la aplicación de la ley….sino se convierte en ley inconstitucional,ofensiva para el ciudadano y su interés com

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