Gloria Picón Duarte
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Con 88 votos a favor, cero en contra y cero abstención fue aprobada una reforma a la Ley General de Educación, la cual establece que los institutos o centros de investigación que ofrezcan estudios de formación continua o actualización podrán emitir los certificados o diplomas correspondientes, pero cuando se trate de estudios profesionales de posgrado en los niveles de especialización, dichos títulos tienen que ser emitidos por una universidad legalmente constituida, que tenga convenio con el instituto o el centro.
Según los diputados, la reforma a la ley lo que busca es regular la emisión de certificados, diplomas y títulos. El diputado opositor Wilber López, miembro de la Comisión de Educación, manifestó que la reforma no es suficiente para velar por la calidad de la educación, pero que con esto se puede evitar que se sigan creando institutos que a la hora de emitir títulos cobran una cantidad impagable y resultan una estafa.
Según López, hay unas cincuenta solicitudes en la Asamblea Nacional para la creación de institutos, pero ahora estos tendrán que ser avalados por una universidad a través de un convenio y no mediante ley como se establecía anteriormente.
El presidente del Consejo Nacional de Universidades (CNU), Telémaco Talavera, manifestó su satisfacción por la reforma a la ley e indicó que ahora los institutos o centros de investigación tendrán que pasar por el proceso de revisión y análisis del CNU para la emisión de títulos, lo cual es importante para la calidad de la educación.
En uno de los artículos de la ley reformada se establece que “los planes de estudio de posgrado, en los niveles de especialización, maestría y doctorados de los centros e institutos de estudio e investigación, previo a su impartición, serán aprobados por la autoridad correspondiente de la institución de educación superior con la que hayan realizado el respectivo convenio”.
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