Las finanzas públicas siguen mal. La recaudación de impuestos en enero pasado reflejó una caída del 17.1 por ciento con respecto al comportamiento del mismo mes de 2013.
Se trató de 594.8 millones de córdobas (unos 23 millones de dólares) menos lo recaudado en enero de 2014 en relación con los percibidos en enero del año pasado, según cifras del Banco Central de Nicaragua (BCN).
Por salvar la recaudación de impuestos, la Dirección General de Ingresos (DGI) ha caído en una serie de ilegalidades en el actual proceso de declaración anual del Impuesto sobre la Renta (IR), según economistas.
Las cifras oficiales evidencian que prácticamente todos los impuestos cayeron en el primer mes del año.
Tributos que aportan fuerte al Fisco como es el Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA) experimentó una disminución interanual del 3.9 por ciento, en tanto el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) cayó a una tasa interanual del 20.9 por ciento.
Pero es el Impuesto sobre la Renta (IR) el que más cae a una tasa interanual del 36.6 por ciento.
El economista Adolfo Acevedo califica esto de “impresionante” debido a que normalmente la recaudación en enero de cada año ha crecido fuerte, “porque refleja el auge económico estacional de diciembre”.
El Gobierno ordenó un plan de ahorro en el Estado desde principios de año, debido a que el año pasado no recaudó más de 2,100 millones de córdobas (unos 82 millones de dólares), de lo presupuestado.
ACTUARÁN CONTRA DGI
Acevedo analiza que la situación presupuestaria puede complicarse en 2014.
Aquí estaría, para Acevedo, la explicación de que para la declaración anual del IR —que se realiza en marzo— se emitió un formato de declaración que violenta abiertamente la disposición de los artículos 65 y 66 de la LCT en términos de que, de la obligación tributaria a liquidar, deben acreditarse o deducirse los anticipos y retenciones a cuenta.
El problema está en que al declarar el anticipo al IR o Pago Mínimo Definitivo (PMD) de IR en la Ventanilla Electrónica Tributaria (VET) el sistema automáticamente traslada el saldo a favor de diciembre 2013 para que se aplique el pago de enero 2014. Igual se trasladó lo de enero a febrero del presente año.
Acevedo dice que la razón de esta conducta de la DGI es que, si se aplicasen estos artículos de la ley como corresponde, en vez de que la declaración anual se traduzca en un incremento en la recaudación atribuible a 2013, habría un enorme monto de saldos a favor de los contribuyentes, que debería devolver en un plazo de 120 días a raíz de aprobada la solicitud de devolución.
Theódulo Báez Cortés, de la firma Báez Cortés & Compañía Limitada, informó que interpondrán un recurso en contra del director de Ingresos, Martín Rivas Ruiz, por “por violar la Ley Tributaria, porque pretendiendo que lo que ya pagaste por adelantado, se lo volvás a pagar”.
Báez Cortés sustenta que la DGI no tiene ninguna base legal para esto y que, “al revés, la LCT en sus artículos 65 y 66 dice que del IR que me toca pagar al final del año, yo le resto anticipos y retenciones, y lo que queda el contribuyente decide a qué obligación lo aplica”.
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El problema grave en cifras es que al hacer esto, el treinta por ciento de la tasa del IR que uno paga se sube a cuarenta por ciento de manera ilegal. Esto no tiene más que una palabra: robo”, fustiga el experto.
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