Thaimi Acevedo y Gloria Picón
La Asamblea Nacional terminó de aprobar en lo particular la Ley para el Régimen de Circulación Vehicular e Infracciones de Tránsito o Ley 431.
FORTALECEN CONSEJO DE EDUCACIÓN VIAL
Dentro de las reformas se establece el fortalecimiento del Consejo Nacional de Seguridad y Educación Vial, cuya autoridad principal es el Ministerio de Educación, y donde la primera comisionada Aminta Granera tiene el puesto de secretaria ejecutiva. Además, el Consejo cuenta con la participación del Ministerio de Salud.
Este Consejo, recibirá el uno por ciento de los montos de todas las primas de seguro para su funcionamiento y tendrá la facultad de hacer gestiones tanto a nivel nacional como internacional para coordinar con empresas privadas la búsqueda de financiamiento y realización de campañas de educación vial.
El diputado de la bancada sandinista, Filiberto Rodríguez, dijo que se adquirirán más instrumentos (velocímetros, alcoholímetros, entre otros) para aplicar la ley, con recursos provenientes de los servicios que presta la Policía Nacional, tales como talleres, escuelas de manejo, sanciones y reposiciones.
Asimismo, en la ley se establece una multa de 1,000 córdobas para las carreras ilegales, donde a Policía tendrá facultades para decomisar por un periodo de tres meses ya sean motocicletas o automóviles que participen en ese tipo de actividades y acusar a las personas involucradas por exposición de personas al peligro.
CAMBIOS SIGNIFICATIVOS
Uno de los cambios más representativos es el incremento en la multa por conducir en estado de embriaguez ligera (0.5 a 1 gramos de alcohol por litro de sangre) que será de mil córdobas y no de 300 como estaba previsto, esta es una de las tantas propuestas que llegó del Consejo Superior de la Empresa Privada.
También se incorporó mediante moción sanciones más severas para los conductores que no porten su seguro y se modificó el plazo establecido para reclamar el seguro una vez que la Policía de Tránsito emite el certificado de accidentes. En este caso el dictamen proponía tres días, pero finalmente los parlamentarios decidieron que se debe dar un plazo de 15 días cuando hay un solo afectado y 30 días cuando hay dos o más afectados.
Ayer también se adicionó un artículo para permitir el traslado de madera en fines de semana y por la noche, pero solo en casos de que ésta provenga de plantaciones forestales con fines industriales y no de bosques primarios o naturales. En la ley queda claramente establecido que quien traslade madera de dichas plantaciones deben presentar registro de la plantación y otros requisitos.
Otro de los nuevos puntos de la ley es que los involucrados en un accidente de tránsito en donde no haya lesionados podrán moverse de mutuo acuerdo de la vía, únicamente con la presencia de las aseguradoras, sin esperar a que lleguen los agentes de tránsito, esto para agilizar la circulación vehicular.
La reforma a la Ley de tránsito también manda a reglamentar la misma, ya que cuando fue aprobada en el 2003 no se mandó a reglamentar y lo que se establecido fue la facultad de la Policía Nacional para establecer una normativa técnico administrativa que es lo que se ha estado aplicando, manifestó el comisionado Mayor, Jaime Vanegas, Jefe de la División se Asesoría legal de la policía.
FUNCIONARIOS PÚBLICOS NO PAGAN
La inmunidad para los funcionarios públicos que conduzcan en estado de embriaguez, fue otro de los puntos de debate en el plenario. Sin embargo Vanegas explicó que el procedimiento para funcionarios con inmunidad es especial y lo único que puede hacer la Policía en caso de funcionarios ebrios es “retenerlo por su seguridad y por la seguridad de terceras personas, pero no se puede imponer una multa y detenerlo, hay un procedimiento especial que se sigue con las personas que gozan de inmunidad”.