César Úbeda Bravo
El experto en Derecho Internacional, Mauricio Herdocia Sacasa, recordó las peticiones de medidas cautelares de Nicaragua ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya en el tema de la construcción de la carretera costarricense a lo largo del río San Juan, que ha provocado daños ambientales.
Las audiencias de Nicaragua y Costa Rica se efectuarán en La Haya del 5 al 8 de noviembre.
¿Cómo surge esta demanda de Medidas Provisionales ante la Corte en el caso de la construcción de la carretera a lo largo del río San Juan de Nicaragua?
No es algo nuevo. Ya Nicaragua había anunciado que iba a pedir medidas cautelares. El 11 de octubre de 2013, Nicaragua presentó la demanda ante la Corte en el caso relativo a la construcción de la carretera a lo largo del río San Juan de Nicaragua y se reservó el derecho de hacerlo. Esta demanda de Nicaragua va precedida de un juicio de extraordinaria importancia: el fallo emitido por la Corte Centroamericana de Justicia sobre la carretera, el 21 de junio del 2012, a instancia de dos organizaciones ambientalistas, Fonare y Fundenic. Dicha sentencia es una defensa del Patrimonio Ambiental Regional, sobre la base de los tratados comunitarios. Ese fallo centroamericano será muy importante para sustentar la posición de Nicaragua y alimentar la futura demanda que el Estado de Nicaragua presenta casi cuatro meses después en octubre, esta vez ante el tribunal mundial.
¿Cuáles son los motivos de las medidas provisionales?
Para Nicaragua la construcción de la carretera no guarda correspondencia con la Orden emitida el 8 de marzo de 2011, que prohíbe cualquier tipo de acción que pueda agravar la situación prevaleciente, debiendo recordarse que la Corte ha unido ambos casos (Harbour Head y Carretera) en un solo proceso con sentencia única. Nicaragua sostiene que los trabajos en la carretera han arrojado una gran cantidad de sedimentos al río y le han obligado a realizar actividades, incluyendo el dragado, para limpiar y preservar las aguas incontaminadas y mantener la calidad y cantidad del flujo de aguas. Nicaragua también sostiene que aún no tiene un Informe de Impacto ambiental que se le haya proporcionado. Igualmente, Nicaragua expresa que ha enviado un equipo de especialistas sobre medioambiente para inspeccionar el río en octubre 2012 y que ellos —los especialistas— han confirmado que Costa Rica no habría tomado medidas para detener o incluso mitigar los daños causados al río. La urgencia y la inminencia del daño mayor, la sustenta Nicaragua en la etapa lluviosa —segunda del año— que se avecina que hace necesario y real la prevención y las medidas de mitigación para el río, sus alrededores y la navegación misma así como la salud y bienestar de las poblaciones aledañas.
¿Qué pide Nicaragua?
Que Costa Rica, de forma inmediata e incondicional, entregue a Nicaragua el Estudio de Impacto Ambiental y todos los informes técnicos y reportes sobre las medidas necesarias para mitigar el daño significativo al río. Igualmente, pide una serie de acciones de emergencia por parte de Costa Rica, incluyendo la reducción de las pendientes en la carretera que, por erosión, pueden potencialmente desprender material de los suelos hacia el río. Pide también que se elimine o se reduzca significativamente el riesgo de futuras erosiones y sedimentos que caigan en el río y controlar la erosión en las zonas más vulnerables. Nicaragua pide a la Corte que Costa Rica no reinicie las actividades de construcción de la carretera mientras la Corte falla sobre el fondo del asunto.
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