Daniel Valero / El Tiempo
La canciller de Colombia, María Ángela Holguín, en entrevista al diario colombiano El Tiempo, explicó los alcances de la “estrategia integral” que se plantea su gobierno para “defender la soberanía de Colombia en el mar Caribe”.
Contrario al actuar colombiano desde que la Corte Internacional de Justicia (CIJ) emitió el fallo que regresa a Nicaragua 75 mil kilómetros de territorio marítimo, Holguín expresó que su gobierno no lo desconoce y alegó que Colombia “está frente a un impedimento jurídico” para aplicarlo.
A continuación las preguntas que el medio colombiano realizó a la canciller Holguín.
:::¿Cómo se aplicarán los cuatro puntos de la estrategia?
Primer punto: se interpuso ante la Corte Constitucional la demanda de la ley que incorpora el Pacto de Bogotá. El presidente Santos ha dicho que no se pueden desconocer la Constitución ni el espíritu del constituyente cuando especifica cómo se modifican los límites.
Segundo punto: la declaración de una Zona Contigua Integral busca clarificar esta zona, que otorga el derecho internacional a todos los países con litoral. Allí se ejerce jurisdicción, control aduanero, medioambiental, migratorio. Esto consolida la unidad del archipiélago así: las 24 millas de Quitasueño se pegan con las 24 de Providencia; y las de Roncador, con las de Serrana.
Tercer punto: nos ratificamos en la protección de la reserva Seaflower, en la que Colombia ha adelantado labores de pesca desde hace siglos. Aquí hay un punto clave: esta área fue declarada por la Unesco como Reserva Mundial de la Biosfera, lo cual reafirma el gran valor ecológico que tiene para el archipiélago.
Cuarto punto: contener el expansionismo de Nicaragua, que pide reconocimiento de una plataforma continental extendida al oriente del archipiélago de San Andrés para extender su jurisdicción hasta un punto a solo cien millas de Cartagena. Enfrentaremos esas pretensiones expansionistas con toda la determinación.
POSIBILIDAD DE TRATADO
El lunes pasado, el presidente colombiano Juan Manuel Santos, en comparecencia nacional, dijo que “el fallo es inaplicable” y lo justificó haciendo referencia al artículo 101 de la Constitución Colombiana que establece “que los límites señalados en la forma prevista por esta Constitución solo podrán modificarse en virtud de tratados aprobados por el Congreso, debidamente ratificados por el presidente de la República”.
:::¿Cómo y cuándo dialogaría con Nicaragua para suscribir un tratado de límites?
Colombia está abierta al diálogo con Nicaragua para celebrar un tratado que establezca los límites y un régimen jurídico que contribuya a la seguridad y la estabilidad en la región. El Gobierno ha dicho que espera el pronunciamiento de la Corte Constitucional antes de iniciar cualquier acción.
:::¿Ese tratado le implicaría a Colombia ceder mar en el Caribe ante Nicaragua?
De nuevo, antes de pensar en los detalles de un tratado, el Gobierno está atento al pronunciamiento de la Corte. En principio, los parámetros para Colombia se concretarían en la negociación.
:::¿Cuál es el sustento jurídico de los decretos anunciados?
Ni más ni menos que nuestra Constitución impide que podamos aplicar este fallo. Y en relación con la declaración de una Zona Contigua Integral, reitero que solo estamos poniendo en un decreto lo que el derecho internacional les reconoce a los países con litoral y que contempla nuestra Constitución.
:::¿Un decreto de índole y alcance nacional tiene la fuerza jurídica de frenar a la justicia internacional?
En ningún momento hay un desconocimiento de la CIJ. Solo estamos diciendo que Colombia está frente a un impedimento jurídico para aplicar el fallo. El presidente Santos dijo que un camino a seguir podría ser un tratado, así como esperamos que la Corte Constitucional también nos dé un camino.
:::¿Ya se le comunicó a La Haya esta postura de Colombia?
El viernes pasado un delegado de Colombia se reunió con el vicepresidente de la CIJ y el secretario general para explicar las razones por las cuales hay dificultades para aplicar el fallo, situación que no le es ajena a la Corte, ya que el de Colombia no es el único caso.
:::¿Colombia tiene hoy una plataforma continental integral, que le impida a Nicaragua llegar a las costas colombianas?
La plataforma de Colombia está unida y constituye una plataforma continua e integrada, con lo que consideramos imposible la validez de la pretensión de Nicaragua.
SENTENCIA SOBRE ACTO DOMÉSTICO
Para el experto en Derecho Internacional, Mauricio Herdocia Sacasa, la estrategia de Colombia es política y no jurídca.
“En realidad son acciones políticas. El marco jurídico internacional lo fijó ya la Corte Internacional de Justicia y la Convención de Naciones Unidas sobre Derechos del Mar”, expresó.
Afirmó que nada de lo que haga Colombia internamente, puede modificar o afectar el fallo de la Corte Internacional de Justicia.
“Es un principio muy bien cimentado en el Derecho Internacional que no se puede alegar una norma interna para incumplir un Tratado o una obligación internacional, especialmente un fallo de la Corte. Colombia simplemente está documentando un desacato frente al cual el Derecho internacional es sordo, pues la sentencia se impone sobre todo acto doméstico con pretensión de rebelarse frente al Orden Internacional”, aseguró el experto.
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