El Consejo Supremo Electoral (CSE) notificó al diputado Agustín Jarquín Anaya que le cancelaba el acta de toma de posesión y la credencial como diputado propietario y se incorporaría a la diputada suplente Alyeris Beldramina Arias Siézar.
El argumento del CSE es que los escaños pertenecen al partido político y que al cambiarse de partido Jarquín pierde su condición de diputado. Ellos partieron de dos noticias publicadas en diarios impresos en que anunciaba su incorporación a la Bancada Democrática Nicaragüense (BDN).
“Traiciona el mandato de los electores al cambiarse de partido y al mismo tiempo contradecir la decisión orgánica del partido que lo postuló candidato, disminuyendo y poniendo en riesgo la acción y estabilidad de la bancada a la que pertenecía. Por lo tanto crea un desequilibrio numérico con respecto a lo dispuesto en el artículo precitado, dejando a la bancada en desbalance numérico, frente al total de candidatos electos que en su momento el partido político tuvo”, señala la resolución.
Para Jarquín, claramente es una decisión política del liderazgo del partido FSLN y del inconstitucional presidente Daniel Ortega ante las críticas vertidas por él respecto a la partidización de las instituciones del Estado y el uso de símbolos en edificios estatales, entre otros.
Señaló que él no se cambió de ningún partido puesto que solo se sumó a la Bancada Democrática Nicaragüense (BDN) que es un órgano parlamentario y no un partido político. El legislador explica que hay un avance autoritario de parte del Gobierno, por lo que analizarán los detalles para introducir un recurso el próximo lunes ante el poder judicial.
Jarquín es el segundo diputado despojado de su cargo. El 24 de junio pasado, Xochilt Ocampo fue despojada de su diputación por no votar por el canal interoceánico.
El jefe de la BDN, Luis Callejas, convocó a una reunión de emergencia a los miembros de su bancada para el día de mañana para analizar la situación de Jarquín Anaya. Pese a ello, consideró que es una violación a la autonomía del poder legislativo y el presidente de ese poder del Estado, el sandinista René Núñez Téllez, debería explicar por qué “una banda de delincuentes toma decisiones que corresponden exclusivamente a la Asamblea Nacional”.
El constitucionalista Gabriel Álvarez explica que en ninguna de las atribuciones del CSE se señala que puede destituir a los diputados pues tales causales están claramente señaladas en la Constitución y la Ley Electoral.
Álvarez indica que en la resolución enviada a Jarquín, el CSE interpreta que de acuerdo con los artículos 7 de la Constitución y 10 de la Ley Electoral, ese poder del Estado vela por los sucesos acaecidos después de los procesos electorales. Pero dichos artículos nada dicen al respecto.
“Esa es una tremenda falsedad, una premisa falaz y por lo tanto la resolución parte de una manipulación burda de la Constitución y la Ley Electoral”, indica Álvarez.
El constitucionalista explica que el considerando dos de la resolución planea que los escaños son de los partidos políticos y no de los diputados. Para ello ponen como sustento el artículo 82 de la Ley Electoral, pero este artículo solo menciona la responsabilidad de los partidos de presentar la lista de la totalidad de candidatos a diputados y no se refiere en ninguna letra ni sentido que los escaños ganados pertenezcan a los partidos políticos.
En cambio, según Álvarez, la Constitución y la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional establecen que hay un vínculo directo entre el diputado y sus electores. Recordó que el artículo 81 de la Ley Orgánica del parlamento señala en su último párrafo que los diputados tienen libertad de optar por otra bancada que no sea la de su partido.
Llamamos al magistrado José Luis Villavicencio y al director de atención a partidos políticos Julio Acuña, para conocer los sustentos de la decisión, pero no contestaron nuestras llamadas.
Ver en la versión impresa las páginas: 1 A ,4 A