Moisés Martínez
El Gobierno publicó sorpresivamente la noche de ayer el decreto 28-2013, el cual oficializa la reforma a la Ley de Seguridad Social sobre la pensión reducida y aclara el confuso mensaje dado por el presidente inconstitucional Daniel Ortega, cuando firmó el documento ante plaza llena, en la recta final de su discurso durante el acto del pasado viernes 19 de julio.
El decreto reforma en primer lugar el artículo 56 del decreto del decreto 975, Reglamento General de la Ley de Seguridad Social, publicado en La Gaceta, Diario Oficial del 1 de marzo de 1982.
“En los casos en que el asegurado que ha cumplido 60 años de edad no acredite el periodo de calificación prescrito, pero ha cotizado al menos 250 semanas, tendrá derecho a una pensión de vejez reducida proporcional, de acuerdo con los siguientes parámetros”, cita el primer artículo reformado.
Posteriormente, la reforma establece los pagos que se harán de acuerdo con las semanas cotizadas por cada jubilado que no cumplió con el mínimo de 750 semanas.
Las variantes establecidas son: para aquellos que tengan entre 250 y 400 semanas cotizadas, se les entregará 1,200 córdobas.
A los jubilados que tengan de 451 a 600 semanas cotizadas, se les dará 2,000 córdobas.
A los jubilados que logren de 601 semanas a 749 semanas cotizadas, se les dará 2,800 córdobas.
Luego, en un segundo artículo, el presidente Ortega reforma el artículo 44 del mismo decreto 975, pero referido a la pensión por invalidez.
“Tendrá derecho a la pensión de invalidez el asegurado no mayor de 60 años que sea declarado inválido y que haya cotizado 150 semanas dentro de los últimos seis (6) años que precedan a la fecha de la causa que dio origen a la invalidez o tenga al menos 250 semanas cotizadas”, añade el decreto.
Es probable que su mención a la pensión de invalidez —que causó tanta confusión, y de ahí la calificación muy merecida de malísimo comunicador—, se deba a que comenzó a leer el primer párrafo del artículo 44 del Reglamento a la Ley del INSS, que en efecto comienza refiriéndose a la invalidez, cuando lo derogado, y ahora restituido, fue el segundo párrafo, que sí habla de la pensión de vejez”, escribió sobre el mensaje del presidente el veterano periodista Guillermo Cortés Domínguez.
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LEGALIZAN EL BONO
Al ser consultado sobre lo establecido por el decreto, Porfirio García, presidente de la Unidad Nacional por el Adulto Mayor (UNAM), organización que aglutina a los jubilados que reclaman la pensión reducida, este reaccionó con poco entusiasmo, pero brindando el beneficio de la duda al Gobierno.
“Lo que pasa es que como está planteado, lo que están haciendo es legalizar el bono que ya nos venían dando. Porque esos rangos de pagos que mencionas son los mismos que se establecían para la entrega del bono. Nuestro reclamo sobre la pensión reducida es que esta se estableciera con base al salario mínimo”, dijo el señor García primeramente.
Informó que mañana a primera hora se estaría dando una reunión entre los directivos de la UNAM y los representantes del Gobierno, en la cual se verían los detalles de los alcances de este Gobierno.
“Yo preferiría tener el decreto a mano para verlo con calma y paciencia y luego ver qué nos dicen los miembros de la comisión del Gobierno, porque pueden haber cosas o beneficios que no están incluidos en ese decreto. Así que supongo que en la reunión del lunes vamos a abordar esos detalles y con base en eso ya podríamos decir si estamos satisfechos o no con la reforma promulgada por el Gobierno”, añadió García.
Los representantes del Gobierno nombrados para esta comisión fueron el presidente del Instituto Nicaragüense de Seguridad Social (INSS), el militar retirado Roberto López, el secretario general de la Alcaldía de Managua, Fidel Moreno y el agitador callejero orteguista y presidente del Frente Nacional de los Trabajadores, el diputado Gustavo Porras.
ORTEGA LO LEYÓ AL REVÉS
Durante la celebración del 34 aniversario del derrocamiento de la dictadura somocista por el pueblo nicaragüense, Ortega cerró su discurso reformando el Reglamento de la Ley de Seguridad Social ante plaza llena.
Sin embargo, su anuncio había generado mucha confusión dado que el mandatario en su mensaje no se refirió al artículo concreto de la ley que se habla sobre la pensión reducida, el cual se encuentra vigente, pero el gobierno orteguista se había negado a cumplir.
En ningún momento se pronunció sobre el artículo 49, referido a la pensión reducida, ni tampoco mencionó el artículo 56, que fue el principal reformado y con el cual inicia el decreto que el mismo firmó.
Ortega al único artículo al que se refirió en su enredada alocución fue al 44, el cual se refiere a las pensiones por invalidez.
Esto fue lo que dijo el mandatario: “Se reforma el artículo 44 del decreto número 975. Es decir, le damos vigencia nuevamente al artículo que fue promulgado por la Revolución Popular Sandinista en 1982, con las siguientes reformas: ‘Tendrán derecho a la pensión de invalidez el asegurado no mayor de 60 años que sea declarado inválido y que haya cotizado 150 semanas dentro de los últimos seis años, que procedan a la fecha de la causa que dio origen a la invalidez o haya acreditado el periodo de calificaciones prescritas para la vejez’”.
“Se establecen las tablas de acuerdo al número de cotizaciones, de tal manera que cumplamos con este principio. De 250 hasta 400 semanas cotizadas, va a recibir el asegurado 1,200 córdobas. De 451 hasta 600 semanas, 2,000 córdobas. De 601 hasta 749 semanas, 2,800 córdobas. Esto significa también que el bono que les hemos venido entregando, porque fíjense bien, nosotros no hemos sido insensibles, sencillamente es un problema que heredamos”, añadió el mandatario.
El artículo 44 había sido derogado en 1994, durante el gobierno de la presidenta Violeta Barrios de Chamorro. El artículo 49 referido a la pensión reducida, continuaba vigente, pese a que Ortega falsamente acusaba a la administración de Chamorro de haberlo derogado.
Porfirio García, presidente de la UNAM.
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