San Salvador/ACAN-EFE
La Asamblea Legislativa de El Salvador aprobó hoy una ley que regulará el derecho de rectificación y respuesta ante publicaciones de los medios de comunicación, sin limitar el ejercicio de la libertad de expresión y de prensa.
La nueva normativa contiene 25 artículos, fue aprobada por los 68 votos disponibles en el Parlamento, de 84 escaños, y será aplicable a todos los medios, desde los tradicionales, como periódicos, televisión o radio, hasta los digitales.
Durante los debates, diputados de todos los partidos coincidieron en que la ley no atenta contra el trabajo de los medios de comunicación y los periodistas.
El proyecto estaba pendiente de la legislatura anterior (2009-2012) y contó, en un proceso previo de consultas, con el respaldo de medios, gremios de periodistas y otros profesionales.
Según el texto aprobado, el objeto de la ley «es regular el ejercicio del derecho de rectificación o respuesta como protección de los derechos al honor, intimidad personal y familiar y a la propia imagen, en concordancia con el irrestricto ejercicio de la libertad de expresión y de información».
Agrega que podrá ejercer ese derecho la persona natural o jurídica que «se considere perjudicada por una información o noticia que no corresponda a hechos ciertos, en la que se utilicen términos o expresiones agravantes u ofensivas publicadas o difundidas por un medio de comunicación, provenientes de terceros o por espacios de campos pagados».
La ley busca que se «le permita a estas personas (afectadas) exigir la inserción gratuita de la correspondiente rectificación o respuesta en el mismo medio de comunicación, en similar forma en que fue comunicada o publicada», añade el texto.
Aclara que «en ningún caso el ejercicio del derecho de rectificación o respuesta podrá ser interpretado, utilizado o considerado como limitación a los derechos de la libertad de expresión y de información consagrados en la Constitución (salvadoreña) y tratados internacionales, en todos sus alcances».
También aclara que «no habrá lugar al derecho de rectificación» cuando «se emitan opiniones, ideas o juicios de valor, particularmente que provengan o se debatan en materia política, literaria, artística, histórica, científica, religiosa, profesional o deportiva, vertidos a través de un medio de comunicación, salvo que en ellos se utilicen términos o expresiones agravantes u ofensivas».
En los casos en que no se conceda el derecho de rectificación y respuesta, el afectado podrá acudir, primero, a los juzgados de paz y, si éstos no resuelven, a los de lo civil. Los delitos de difamación, injuria y calumnia están despenalizados en El Salvador desde 2011 por reforma legislativa.
El proyecto de ley aprobado hoy fue apoyado por el Banco Interamericano de Desarrollo, a través del programa de modernización del Parlamento salvadoreño, y toma en cuenta jurisprudencia de varios países y de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, según fuentes legislativas.