Luis Reynoza
La historia del seguro en Nicaragua, no está escrita. La historia se escribe, para que nos acordemos de no cometer errores que nos lleven a las peores consecuencias. Con este artículo, no pretendo sentar una cátedra sobre el seguro y la utilización de la cartera directa, sino llamar la atención sobre un hecho que se está volviendo usual en la operación de las Compañías de Seguros: El manejo de Cartera Directa.
Pero el negocio de vender pólizas de seguros es de hace siete décadas en Nicaragua. ¿ Los hombres de Negocios del Seguro, no pensaron en la cartera directa? Por supuesto que si, pero a su vez pensaron en el servicio que se merece la persona que compraba una póliza de seguro y promovieron la intermediación de un agente de seguros, porque como empresas aseguradoras, ofrecían asegurar a las personas y sus bienes por medio de su póliza y la necesidad del trabajo de un intermediario de seguros, para velar por su cliente que compró una póliza.
Pero esos eran tiempos donde los valores y la ética profesional, eran de un alto concepto personal, no negociables bajo ninguna premisa. Los tiempos han cambiado, hoy no existen los valores y la ética profesional, la globalización y la propia existencia profesional dentro del negocio del seguro, tienen sus bases en lo que producís en dinero a la empresa, no importando como lo tengas que hacer: “El fin justifica los medios”.
Podemos explicar cómo hemos llegado a este estado y solo encuentro una respuesta: No existen los valores morales, de lealtad, de amistad, ahora son un tesoro muy difíciles de encontrar.
Ahora que ustedes están leyendo este artículo, todas las Instituciones Financieras que tienen Compañías de Seguros Afiliadas, alguien está negociando un préstamo hipotecario con un cliente, al que prácticamente obligan a tomar un seguro para garantizar el préstamo, se lo otorgan en las condiciones que ellos quieren, con una garantía no valorada en su valor comercial para no otorgar al cliente el préstamo que solicita, el seguro se lo venden allí mismo al momento de darle el crédito en las condiciones que la Compañía de seguros quiere y no las que el cliente necesita, en forma de cartera directa, no existe intermediario, con todos los perjuicios que para el cliente significa.
En estos momentos, hay un ejecutivo de ventas conversando con un cliente, convenciéndolo para que quite de su póliza de seguros al intermediario, con algunos argumentos como los siguientes:
1.- El Intermediario está ganándose una comisión sin mucho trabajo, la que es incrementada varias veces para dar una razón de peso.
2.- Si quita al intermediario de su póliza de seguros, esa comisión se le devuelve al cliente, en reducción de su prima, cosa que no tiene sustento.
3.- Si quita al intermediario de seguros, vamos a darle una atención personalizada, No es cierto, porque una Compañía de Seguros tiene una cantidad de empleados, realizando otras labores de trabajo. Hoy una Compañía de Seguros atiende al cliente por la gestión del intermediario, y la atención es menor con un cliente cautivo por préstamo hipotecario.
Actualmente existen Bancos, que venden seguros de acuerdo al tipo de negocio : como Incendio, automóvil, Equipos de contratistas, Electrodomésticos y otros servicios que es propio de un intermediario de seguros, todo en detrimento del buen servicio que se le debe brindar al asegurado, nos preguntamos? Que preparación, estudios o entrenamiento tiene la persona que realiza esta labor?.
Este manejo de cartera directa de las entidades financieras y comerciales, esta en contradicción de las normas de seguros conforme a la Ley # 733 Art. 115 , argumentando que la Ley no lo prohíbe, pero tampoco lo promueve.
Concluimos que la práctica sobre “la cartera directa” va en contra de los asegurados y no hay intervención de un agente autorizado y capacitado que NO sea JUEZ Y PARTE como la actuación de una Compañía de Seguros a la hora de un siniestro.
Todos los asegurados deben manejar sus pólizas de seguros, con un intermediario autorizado que les permita garantizar que la compra que está realizando, cumpla en toda su expresión lo que indica el contrato ante la Compañía emisora.