El primer artículo permite al consumidor y al urbanizador “rescindir el contrato de la compra o desistir de la compra de la vivienda o ejecución de las obras con carácter habitacional por causas ajenas a su voluntad, hay condiciones preferenciales a favor del empresario.
La ley da el derecho al cliente que se devuelva el total del dinero entregado, aunque permite al vendedor “retener de las sumas pagadas el monto por daños y perjuicios” cuando se desista del acuerdo.
Pero, “bajo ninguna circunstancia” se puede cancelar el contrato cuando “exista un financiamiento con garantía hipotecaria”. Este punto fue incorporado en las negociaciones finales con los empresarios en la Comisión Económica.
Otro cambio de última hora fue la reducción del plazo que dan al cliente para reclamar por “vicios ocultos”, es decir defectos en el inmueble que “afectan su calidad o imposibilidad de su uso”.
Inicialmente eran tres años, pero se dejó en dos años “contados a partir de la entrega del bien”.
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Lucía Navas
Una novedad que se podría introducir al mercado de seguros está contemplada en la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores y Usuarios: exigir que se incluya en los contratos de compra-venta de viviendas un “seguro por insatisfacción de la obra” a favor del cliente.
“De suerte tal que si el usuario demuestra que la obra (la casa) no está presentada o entregada a satisfacción y en forma y tiempo, hay un seguro que puede operar a favor del usuario”, explica Wálmaro Gutiérrez, legislador sandinista y presidente de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional.
El objetivo es que el urbanizador adquiera un seguro particular —adicional al que ya cubre los préstamos bancarios y a la garantía que contempla el contrato—, el cual será efectivo cuando el dueño de la vivienda demuestre que el bien no es de la calidad prometida.
Gutiérrez defiende que así se responde a “una grita de la población”, basado en que a la comisión están llegando “muchas quejas sobre la calidad de la vivienda” que ofrecen las urbanizadoras.
Menciona que los acabados que tienen las casas no son los que se contratan, fallas en la infraestructura y calidad del techo y las paredes. También incluiría inconformidad sobre las condiciones de la urbanización, si no cumple con las que ofertaron, por ejemplo falta de andenes, calles, problemas con el suministro de agua.
“Somos del criterio que se puede reducir significativamente el nivel de incumplimiento y de insatisfacción en cuanto a calidad de obras si todas las urbanizadoras tuviesen obligatoriamente que contraer un seguro de cumplimiento sobre la obra que realiza”, afirma Gutiérrez.
El diputado sostiene que el nuevo seguro “no es trasladable al usuario” y por tanto no puede incrementar en el valor de la vivienda, sino que “lo tiene que cubrir la urbanizadora”.
CADUR SE OPONE
Ricardo Meléndez, presidente de Cámara de Urbanizadores de Nicaragua (Cadur), no cree que la fianza de garantía de este tipo prospere, pero advierte que “si se llegase a aprobar en la Asamblea Nacional vendría a encarecer la casa”.
“Si yo tengo que comprar una fianza a una aseguradora para ofrecerte a vos un seguro por un año de vicios ocultos, ese costo de esa fianza debo pasárselo al precio de la vivienda”, argumenta.
Para el empresario lo más conveniente es “educar bien al cliente” para que “no compre una casa a ciegas”. Explica que la garantía de un año que dan las urbanizadoras es el plazo internacional, la cual en promedio cubre la infraestructura de la vivienda, grifería, techo, puertas.
Pero el diputado Gutiérrez refuta al mencionar las inundaciones que han sufrido varias urbanizaciones tanto de casas de interés social como de mayor valor —por defectos en la construcción—, y que han causado daños a la vivienda como a los demás bienes de las familias y muchas son las empresas que no se responsabilizan.
Meléndez responde que esos casos “tienen que ver a la cuenca” hidrográfica de los municipios. “Vos pedís un permiso de construcción en un área específica, pero si posteriormente cae una fuerte lluvia y por causa de otras obras de construcción se generó el caudal y fue a caer al proyecto habitacional, no es culpa del urbanizador”, sostiene Meléndez.
Para Cadur lo que corresponde en estos casos es una mejor coordinación entre empresas, la municipalidad y Gobierno central.
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