Luis Eduardo Martínez M.
La Sala Penal del Tribunal de Apelaciones de la Circunscripción Norte (TACN) declaró nulo el juicio, el fallo y la sentencia que en primera instancia favorecían a Jeltzin Inés Suárez Castillo, quien fue procesado en Matagalpa por el delito de femicidio en perjuicio de la adolescente Lilliam Valeria Sandino Lúquez.
En la resolución, la Sala Penal del TACN ordena además “la inmediata realización de otro juicio” porque consideró que “la parte acusadora debe tener otra oportunidad para demostrar con certeza los hechos acusados” y mantuvo la medida de prisión preventiva en contra del procesado.
Suárez fue acusado porque el 4 de septiembre del año pasado presuntamente asestó un balazo en la quijada a Sandino, con quien llevaba un mes y medio de relación marital en Ubú Sur, municipio de Paiwas (RAAS).
Pero, el 30 de enero de este año, después de un proceso en el que según familiares de la joven fallecida hubo “irregularidades” a favor de Suárez, el entonces suplente del Juzgado Único de Distrito Penal de Audiencias y especializado en violencia de género por ministerio de Ley en Matagalpa, Francisco Ramón López López, absolvió de responsabilidad al acusado.
La Fiscalía apeló el fallo de no culpabilidad, pero López rechazó ese recurso considerando que este solo cabe contra sentencias y no contra fallos. La sentencia fue notificada el 4 de febrero y dos días después, la Corte Suprema de Justicia canceló el nombramiento de López como juez suplente.
En la sentencia dictada el 26 de abril reciente, la Sala Penal del TACN dice que la Fiscalía hizo dos apelaciones, una sobre el fallo y otra sobre la sentencia definitiva, las cuales admitió declarando la nulidad de ambas y del juicio.
Los magistrados consideraron además que el fiscal auxiliar que intervino en el juicio en primera instancia “nunca debió” prescindir de dos testificales “cuando tenían aproximadamente dos meses para seguir buscando ‘con la debida diligencia’ a los testigos indispensables”.
Asimismo, ordenan la realización de un nuevo juicio “para no dejar en la impunidad un probable y repudiable femicidio”.
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