Martha Vásquez
En medio de las controversias por la Ley 779 o Ley Integral Contra la Violencia Hacia las Mujeres, que fue recurrida por algunos abogados que la consideran violatoria al principio de igualdad e inocencia en perjuicio de los hombres, la Corte Suprema de Justicia convocó a todos los jueces especializados en violencia a reunión urgente.
En este artículo se establece la igualdad real entre los nicaragüenses y que es obligación del Estado eliminar los obstáculos que impidan de hecho la igualdad.
Otro de los argumentos de los abogados es que los hombres también sufren violencia, a lo que la funcionaria respondió que “las cifras dicen que el 92 por ciento de los casos de violencia, la víctima es una mujer”.
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El tema central del encuentro será la aplicación de la citada legislación, desde su entrada en vigencia el 22 de junio del 2012 hasta la fecha.
Los funcionarios fueron convocados para el próximo 5 de abril por la magistrada de facto Alba Luz Ramos, presidenta del poder judicial, mediante circular enviada por el secretario de la Corte, Rubén Montenegro.
Entre los citados están magistrados de la sala especializada en violencia del Tribunal de Apelaciones de Managua, jueces de distrito especializados en violencia, jueces Locales y Únicos de todo el país, facultados para aplicar la ley.
DATOS ACTUALIZADOS
En la circular también les orientan llevar datos estadísticos sobre la aplicación de la ley desde junio del 2012 a marzo de este año, para un mejor “manejo de la agenda”.
Entre la información que deben presentar los jueces están datos de los casos conocidos y tipos de delitos, medidas precautelares, es decir, medidas interpuestas al hombre mientras dura la investigación, aplicación de medidas cautelares o restrictivas por casos una vez que inició el proceso judicial.
También deben llevar los casos donde han aplicado la suspensión de la ejecución de la pena y los casos donde se ha aplicado principios de oportunidad como la abstención o renuncia de la acción penal por parte de la víctima, el acuerdo y la suspensión condicional de la persecución o investigación. Estos principios están establecidos en el artículo 55 del Código de Procedimiento Penal.
Entre estos principios el único que no puede aplicarse es el de la mediación, porque quedó prohibida en la Ley 779, por las muertes que se dieron después que la víctima firmó una mediación con su agresor.
Esta reunión se dará en el contexto en que la Sala Constitucional de la Corte debe conocer y resolver en pleno los diferentes recursos por inconstitucionalidad que presentaron algunos abogados que aducen que la ley contradice la Constitución de la República.
Mientras, magistradas de facto han defendido argumentando que dicha ley fue creada para superar las desigualdades que hay entre hombres y mujeres y que está en armonía con la Constitución y convenciones internacionales.
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